C-793 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Jorge Humberto Valero Rdoriguez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vinculación provisional de docentes, directivos docentes y funcionarios administrativos
- Excepción de vinculación por supresión de contratos atendiendo reorganización
- Elementos de la noción
- Finalidad de requisitos mínimos
- No existencia sin funciones
- Principales rasgos de elementos de la noción
- Requisitos mínimos
- Clasificación
- Fijación de requisitos
- Planta de personal
- Remuneración que perciba titular
- Titularidad otorga autoridad para cumplir funciones asignadas
- Vínculo entre requisitos y principios, valores y fines constitucionales
- Regla y excepción
- Cumplimiento de requisitos por docentes, directivos docentes y administrativos para vinculación provisional
- Proceso de selección es independiente de fijación de requisitos mínimos para empleo
- Incorporación de docentes, directivos docentes y administrativos a cargos de planta
- Temporalidad de la vinculación laboral de docentes, directivos docentes y administrativos
- Limitación temporal en vinculación provisional
- Nombramiento en provisionalidad
- Excepciones a inembargabilidad de recursos
- Inembargabilidad de recursos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 715 de 2001.
Arts. 18 y 38 (ps.).
Distribucion recursos y competencias entre la nacion y entidades territoriales.
Acto legislativo 01 de 2001.
Prestacion servicios de educacion y salud.
Sistema general de participaciones.
Administracion de los recursos
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 01/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar exequible, en lo demandado, el articulo 18 de la Ley 715 de 2001, condicionado en los terminos de la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. Declarar exequible, en lo demandado, el articulo 38 de la Ley 715 de 2001, en los terminos de la parte motiva de esta sentencia, con excepcion de la expresion "a mas tardar el 1o de febrero de 2002", contenida en el inciso 4o, que se declara Inexequible.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.