Micelio
Sentencia de Tutela17 de marzo de 2005

T-267 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Blanca Ines Castro Silgado Vs. Fiscalia General De La Nacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Estabilidad Laboral
  • No se reduce por ocupar cargo de carrera administrativa en provisionalidad cuando no se ha hecho concurso
  • Cargos de carrera administrativa
Debido Proceso Administrativo
  • Vulneración por no motivación de acto de retiro del servicio
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la seguridad social la salud y el minimo vital de fiscal delegada ante los jueces penales y promiscuos municipales de la dirección de fiscalias de barranquilla madre cabeza de familia que sufrio un accidente laboral que le impide la locomoción en condiciones de debilidad manifiesta por la declaratoria de insubsistente de su nombramiento en provisionalidad mediante resolución del fiscal general.

Solicita se ordene su reintegro al cargo que ocupaba.

Estabilidad laboral relativa de los servidores públicos nombrados en provisionalidad en cargos de carrera.

Necesidad de motivacion de la declaratoria de insubsistencia de los nombramientos de los servidores publicos en provisionalidad en cargos de carrera.

Procedencia de la tutela como mecansimo transitorio para la proteccion de los derechos conculcados.

Se presenta la inminencia de un perjuicio irremediable.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el 20 de octubre de 2004, que declaro improcedente la accion de tutela presentada por la senora Blanca Ines Castro Silgado contra el Fiscal General de la Nacion y, en su lugar, CONFIRMAR la sentencia del 6 de septiembre de 2004 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, que concedio el amparo de los derechos al debido proceso, a la seguridad social, a la salud y al minimo vital y ordeno, como mecanismo transitorio, que el Fiscal General de la Nacion proceda a reintegrar a la accionante en el cargo que desempenaba o en otro de iguales caracteristicas, hasta tanto el juez competente decida sobre la legalidad de su desvinculacion.
  2. SEGUNDO. ADICIONAR la sentencia proferida el 6 de septiembre de 2004 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en el sentido de DEJAR SIN EFECTO la Resolucion No. 2539 del 10 de junio de 2004 mediante la cual el Fiscal General de la Nacion declaro insubsistente el nombramiento de Blanca Ines Castro Silgado como Fiscal Delegado ante los Jueces Penales y Promiscuos Municipales y ORDENAR al Fiscal General de la Nacion que, si aun no lo ha hecho, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificacion de esta sentencia, expida una nueva resolucion en la cual se motive dicha decision.
  3. TERCERO. SENALAR que el termino de cuatro (4) meses indicado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla para iniciar la accion contenciosa administrativa contra la declaratoria de insubsistencia y como condicion para la vigencia del amparo transitorio, comenzara a correr desde la fecha en que el Fiscal General de la Nacion notifique la resolucion cuya expedicion se ordena en el numeral anterior.
  4. CUARTO. DAR por secretaria cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.