C-739 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Imposibilidad frente a normas con naturaleza y finalidad distintas
- No es absoluto
- Aplicable a sentencias judiciales
- No hace parte del contenido esencial del debido proceso ni del derecho de defensa
- Procedencia del recurso de apelación
- Inexistencia
- Opera como legislación residual respecto de casos en que legislador ha regulado vía gubernativa
- Procedencia del recurso de apelación
- Inexistencia de cargos
- Requisitos para admisión
- Concepto
- Requisitos para declaratoria
- No establecimiento del recurso de apelación por el legislador no viola derecho a la igualdad
- Recursos
- Concepto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 624 de 1989 estatuto tributario articulos 662 678 682 701 720 721 726 728 735 739 795-1 y 834 todos parcialmente.
El demandante considera que las normas acusadas desconocen lo previsto en los articulos 1 2 4 6 13 29 31 95 inciso 2 y 150-1 de la constitucion politica.
Inexistencia de cargos por omision legislativa relativa.
Inexistencia de cosa juzgada.
Debido proceso y principio de la doble instancia.
Presunta violacion al derecho a la igualdad.
Las normas atacadas no vulneran el derecho ala igualdad.
Libertad de configuracion del legislador.
Exequibles
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES los artículos 662, 678, 682, 701, 720, 721, 726, 728, 735, 739, 795-1 y 834 del Decreto 624 de 1989, únicamente respecto de los cargos analizados en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.