Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de septiembre de 2009Sala Plena

C-666 de 2009

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Gladys León Gonzalez·Demandado Ley 1151 De 2007 Artículo 146

Tema · dato duro
Ley Del Plan Nacional De Desarrollo. Norma Que Faculta Al Gobierno Para Establecer Manual De Tarifas Mínimas De Servicios De Salud No Vulnera El Principio De Igualdad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad Por Vulneracion Del Principio De Igualdad
  • Necesidad de identificar los criterios de comparación y la determinación de los grupos o situaciones comparables
Omisión Legislativa Relativa
  • Inexistencia en norma que faculta al Gobierno para establecer el manual de tarifas mínimas de servicios del plan obligatorio de salud POS contributivo y subsidiado
Ley Del Plan Nacional De Desarrollo 2006-2010
  • Norma que faculta al gobierno para establecer manual de tarifas mínimas de servicios de salud no vulnera el principio de igualdad
7 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1151 de 2007, artículo 146 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010”, el artículo demandado ordena establecer un manual de tarifas “mínimas” (expresión acusada), para la compra y venta de actividades, intervenciones, procedimientos en salud y servicios hospitalarios, contenidos en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo y el Régimen Subsidiado, la demandante considera que dicha norma vulnera los artículos 13, 365, 366, 334, 48 y 49 de la Constitución, por cuanto dejó supuestos análogos por fuera del ámbito de protección, ya que la Ley existe pero no cubrió todos los eventos que debió abarcar, pues no permite la intervención estatal para establecer a las administradoras y a los prestadores una tarifa máxima para comprar y vender los servicios contenidos en el POS.

La Corte considera que el no haber contemplado la facultad legal de fijar un manual de tarifas máximas no desconoce los principios sociales del Estado, el deber de intervención en la economía y la destinación exclusiva de los recursos de la seguridad social, por lo tanto se decide declarar el aparte acusado EXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1151/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 146Ley 1151/07 «mínimas»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresion "minimas" contenida en el articulo 146 de la Ley 1151 de 2007, "Por la cual se expide el Plan de Desarrollo 2006-2010", por los cargos estudiados en la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.