Micelio
Sentencia de Tutela14 de julio de 2005

T-744 de 2005

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Wilson Vergara Velásquez Vs. Juzgado Dieciocho Penal Municipal De Medellín Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia excepcional por vía de hecho
Error Judicial
  • Consecuencias no pueden ser perjudiciales a la parte procesada
  • Desconocimiento de los términos de ley por parte de secretario de juzgado
Principio De La Doble Instancia En Proceso Penal
  • Núcleo esencial del derecho al debido proceso y elemento de configuración del derecho a la defensa
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso y el acceso a la administración de justicia de persona condenada por el delito de lesiones personales dolosas cuyo recurso de apelacion fue sustentado dentro del termino para el efecto pero el juzgado lo declaro desierto por extemporáneo.

Solicita se le de tramite al recurso interpuesto.

Principios que rigen el proceso penal.

Derecho al acceso a la administración de justicia y procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales.

Derecho a apelar sentencias condenatorias en materia penal.

Interpretación de la norma en materia penal debe ser favorable al procesado.

Se decretara la nulidad de todas las actuaciones surtidas a partir del auto que declaro desierto el recurso de apelacion por el juzgado quinto penal del circuito de medellín y se ordenara al juzgado que acepte la sustentacion del recurso.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVÓCASE la sentencia proferida el veinte (20) de abril de 2005, por la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal, que revocó el fallo del Tribunal Superior de Medellín, en la acción de tutela instaurada por el señor Wilson Vergara Velásquez, contra el Juzgado dieciocho (18) Penal Municipal y el Juzgado
  2. Quinto. (5) Penal del Circuito.
  3. Segundo. DECRÉTASE la nulidad de todas las actuaciones surtidas a partir del auto que declaró desierto el recurso de apelación por el Juzgado
  4. Quinto. Penal del Circuito de Medellín, dentro del proceso penal en el que se condenó al señor Wilson Vergara Velásquez y se ordenará al juzgado acusado, que acepte la sustentación del recurso, para así garantizar el ejercicio efectivo del debido proceso y el acceso a la administración de justicia y que, para el trámite y decisión de este proceso, se abstenga de computar como término de prescripción o caducidad el tiempo durante el cual por negligencia del secretario del juzgado de ese despacho no se realizó oportunamente la constancia secretarial ni el acceso al expediente, para así poder sustentar el recurso como lo estipula el artículo 194 del Código de Procedimiento Penal.
  5. Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.