C-669 de 2004
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Andres De Zubiría Samper
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Análisis de vicios no alegados en algunos casos
- Carácter rogado
- Alcance de la competencia sobre vicios no alegados en la demanda
- Importancia
- Carácter rogado de los cargos
- Distinciones de trámite
- Principios constitucionales del proceso legislativo general que la rigen
- Publicación de un texto no aprobado
- Violación por presentación como aprobado en primer debate un texto diferente al realmente aprobado por las comisiones
- Discusión en segundo debate de lo aprobado en primer debate
- Requisitos para que introducción de artículos nuevos pueda ser objeto de la actividad de la Comisión de conciliación
- Alcance
- Conformación y finalidad
- Distinción
- Tipos
- Hacen parte de la regulación general ante ausencia de normas constitucionales expresas frente a leyes especiales
- Aprobación por las plenarias de un artículo diferente al aprobado por las comisiones conjuntas en primer debate
- Artículo introducido en la gaceta y llevado a segundo debate en las plenarias sin que corresponda al texto aprobado en primer debate
- Sustitución de un texto por otro en la publicación del aprobado en el primer debate
- Aprobación en primer debate de texto diferente al sujeto a consideración y aprobación en segundo debate sin que exista fundamentación para la modificación, adición o supresión
- Introducción de modificaciones o adiciones durante el segundo debate de cada cámara
- Término de caducidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 812 de 2003.
Art. 87.
Plan nacional de desarrollo 2003-2006.
Hacia un estado comunitario.
Destinacion de recursos.
Caducidad de la accion de inconstitucionalidad por vicios de forma.
Textos normativos distintos en su contenido material y objetivos.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 21/82. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE el articulo 87 de la Ley 812 de 2003.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.