C-669 de 2002
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Sandra Vallejo Arcila
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No se rige por normas generales de contratación
- No es absoluto
- No agotamiento de tema con la expedición de una sola
- Escogencia y actuación de manera diferente al ordinario
- No rigidez
- Alcance
- Establecimiento de monto por legislador
- Cobro no reducible en todos los casos a porcentaje mínimo establecido
- Compensación
- Generación
- Determinación de monto por legislador
- Cobro debe compensar efectos de la explotación
- Legislador puede remitir a la reglamentación del Gobierno en determinación del monto
- No enerva potestad estatal de regular explotación de recursos y de exigir pago de regalías
- Facultad de fallar extra y ultra petita
- Protección de integridad formal y material
- Vicios de forma
- Carácter rogado
- Resolución de vicios de procedimiento aunque no fueren alegados
- Formal y material
- Coexistencia
- Estabilidad
- Cobro no reducible en todos los casos a porcentaje mínimo establecido
- Exigencia
- Generación en propiedad estatal y privada
- Propiedad del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 685 de 2001.
Arts. 227 y 228.
Codigo de minas.
Aspectos economicos y tributarios.
Estabilidad de las regalias.
Propiedad publica o privada del subsuelo.
Contrato de concesion minera.
Explotacion de recursos naturales no renovables.
Regimen de contratacion
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 685/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el primer inciso del articulo 227 de la Ley 685 de 2001.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el inciso final del articulo 227 de la Ley 685 de 2001, bajo el entendido que tratandose de propietarios privados del subsuelo pagaran no menos del 0.4% y hasta el maximo previsto por la Ley en materia de regalias para cada especie de recursos.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el articulo 228 de la Ley 685 de 2001.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.