Micelio
Sentencia de Constitucionalidad26 de junio de 2002Sala Plena

C-487 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Alberto Ortiz Saldarriaga

Tema · dato duro
Proyecto De Acto Legislativo. No Introducción De Modificación Sustancial A Lo Votado En Primera Vuelta
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad De Acto Legislativo
  • Limitación al análisis de cargos planteados en la demanda
  • Característica
  • Vicios de procedimiento en su formación
Corte Constitucional En Acto Legislativo
  • Incompetencia sobre contenido material
Acto Legislativo
  • Título
  • Disposiciones no aplicables
  • Caducidad
  • Requisitos
  • Requisitos constitucionales y legales
  • Unidad de materia
Proposicion Juridica Completa
  • Expresiones que interpretadas tienen pleno sentido
  • Contenido normativo inteligible y separable
  • No acusación de norma autónoma
Proyecto De Acto Legislativo
  • Análisis en segunda vuelta al texto publicado entre dos periodos
  • Cambio al texto publicado por el Gobierno
  • Cambios introducidos no esenciales
  • Expresiones que aparecieron en el séptimo debate derivadas de texto objeto de ocho debates y mantenimiento del tema
  • Materias que pueden debatirse en la segunda vuelta
  • Ocho debates y publicación
  • Permanencia de esencia de la reforma en los ocho debates
  • Publicación en la Gaceta
  • Simple modificación para hacer más preciso sentido de lo decidido y publicado en primera vuelta
  • Texto que tuvo desde el comienzo el mismo contenido esencial
  • Ausencia de publicación entre las dos vueltas de texto introducido en segundo debate
  • Carácter no esencial de modificaciones efectuadas
  • Expresiones que aparecieron en el séptimo debate
  • Inclusión en séptimo debate de inciso que no coincide exactamente con el aprobado en segunda vuelta
  • Inexistencia de ausencia de ocho debates
  • Informe de ponencia
  • Iniciativa
  • Materias que pueden debatirse
  • Modificaciones
  • Modificaciones a lo aprobado en primera vuelta
  • Modificaciones formales, menores o accidentales
  • No introducción de modificación sustancial a lo votado en primera vuelta
  • Términos
  • Texto objeto de ocho debates y mantenimiento del tema
Sentencia Inhibitoria
  • Deber de evitarla
Proyecto De Ley
  • Adición, supresión y modificación
  • Contenido sustancial de disposiciones a las cuales se hacen modificaciones
Unidad Normativa
  • No integración por conservación de pleno sentido del texto en caso de inexequibilidad
11 temas · 43 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Acto legislativo 001 de 2001.

Art. 3 parag.

Trans.

(p.).

Modifica algunos articulos de la constitucion politica.

Requisitos para su expedicion.

Tramite.

Control de constitucionalidad.

Vicios de fondo.

Ausencia de proposicion juridica completa.

Monto del sistema general de participaciones

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 01/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaActo_legislativo 01/01EXEQUIBLE
Sobre toda la normaActo_legislativo 01/01EXEQUIBLE
Art. 3Acto_legislativo 1/02 «Parágrafo transitorio 1.»EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar EXEQUIBLES la expresiones "departamentales y municipales" y "todos ellos a 1deg de noviembre de 2000" contenidas en el
  2. segundo. inciso del paragrafo transitorio 1deg del articulo 357 de la Constitucion, tal como quedo modificado por el articulo 3deg del Acto Legislativo 001 de 2001, por los cargos analizados en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.