El monto de las regalías y el sistema para liquidarlas y reajustarlas, serán los vigentes a la época del contrato de concesión y se aplicarán durante toda su vigencia. Las modificaciones que sobre estas materias adopte la ley, sólo se aplicarán a los contratos que se celebren y perfeccionen con posterioridad a su promulgación.
Ley 685 de 2001 →Inexequible
Artículo 229
Estabilidad De Las Regalías
Ley 685 de 2001 · LEY 685 DE 2001, 15/08/2001, por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.
4 sentencias lo revisaron1 inexequibilidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 2002C-669/02ConstitucionalidadEXEQUIBLE
- 2003C-229/03Constitucionalidad · «En Relación Con El Cargo Por Violación De Unidad De Materia. Y Exequible En Cuanto El Congreso No Violó La Prohibición De Establecer Exenciones Sobre Los Impuestos De Las Entidades Territoriales.»INHIBITORIO
- 2003C-229/03ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
- 2003C-1071/03ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia