Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de mayo de 2005Sala Plena

C-531 de 2005

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Tema · dato duro
Comision Permanente De Concertacion De Politicas Salariales Y Laborales. Inclusión De Representantes De Las Personas Desempleadas
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comision Permanente De Concertacion De Politicas Salariales Y Laborales
  • Búsqueda de consenso para la fijación de salario mínimo
  • Composición
  • Inclusión de representantes de las personas desempleadas
  • Alcance de la expresión "trabajadores"
  • Funciones
  • Objetivo
Control De Constitucionalidad De Objecion Presidencial
  • Alcance
  • Finalidad
  • Posibilidad de ampliar el examen a aspectos que no fueron planteados explícitamente por el Gobierno
  • Extensión excepcional de competencia
Trabajo En El Estado Social De Derecho
  • Presupuesto de un orden económico, político y social justo
Derecho Al Trabajo
  • Acceso al empleo de personas que ofrecen su trabajo pero aún no están empleadas
Informe Sobre Objecion Presidencial
  • Citación para discusión y aprobación para "la próxima sesión"
  • Cumplimiento del requisito de anuncio previo de la votación
5 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Objeciones presidenciales al proyecto de ley no. 59 de 2002 senado 277 de 2003 camara por el cual se modifica el literal c) del articulo 5 de la ley 278 de 1996.

Se reglamenta la composición y el funcionamiento de la comision permanente de concertación de politicas salariales y laborales.

La comision permanente creada por el articulo 56 de la constitucion politica no contempla la participacion de los desempleados.

Insistencia del congreso de la republica.

Tramite de las objeciones y de la insistencia.

Alcance del control que ejerce la corte constitucional al decidir sobre las objeciones presidenciales a un proyecto de ley.

Contexto normativo dentro del cual se inscribe el proyecto objetado.

El principio de estado social de derecho como criterio que informa el significado de la constitucion.

La expresión trabajadores contenida en el articulo 56 superior no se limita a las personas que actualmente trabajan ni excluye a los desempleados.

Infundadas las objeciones y exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 278/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 278/96EXEQUIBLE
Art. 5Ley 059/02EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar INFUNDADAS las objeciones por inconstitucionalidad formuladas por el Gobierno Nacional al articulo 1o del Proyecto de Ley No 59 de 2002 Senado y 277 de 2003 Camara.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, unicamente en relacion con las objeciones analizadas, el articulo 1o del Proyecto de Ley No 59 de 2002 Senado y 277 de 2003 Camara.
  3. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.