Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de julio de 2009Sala Plena

C-488 de 2009

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Gonzalo Rodrigo Paz Maecha·Demandado Ley 509 De 200, Artículo 101

Tema · dato duro
Genocidio. Inaplicación Del Principio Pro Homine En Dosificación Punitiva De Conductas Constitutivas Del Tipo Penal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Bloque De Constitucionalidad
  • Normas que lo integran tienen rango constitucional
  • Función interpretativa
  • Incorporación de norma
  • Incorporación de tratado
  • No todos los tratados y convenios internacionales forman parte
  • Concepto
Genocidio
  • Regulación debe ajustarse a normatividad internacional
  • Definición
  • Dolo especial como elemento estructural del tipo penal
  • Dosificación punitiva no comporta vulneración de prohibición de protección deficiente
  • Concepto
  • Crimen de crímenes
  • Obligaciones derivadas de estándares internacionales que constituyen referentes para el control de constitucionalidad
  • Pertenencia al grupo como ingrediente normativo subjetivo
  • Prohibición como norma del ius cogens
  • Tipificación como delito en la legislación penal colombiana
  • Delito de derecho internacional
  • Dosificación punitiva no riñe con estándares internacionales
  • Elementos que lo configuran
  • Inaplicación del principio pro homine en dosificación punitiva de conductas constitutivas del tipo penal
Genocidio En El Derecho Internacional De Los Derechos Humanos
  • Tipificación como delito constituye mecanismo de protección de los derechos humanos
Libertad De Configuracion Legislativa En Materia Penal
  • Bloque de constitucionalidad como límite
  • Ejercicio razonable y proporcionado en dosificación punitiva diferente por conductas constitutivas de genocidio
  • Alcance
  • Límites
Principio De Complementariedad De La Corte Penal Internacional En Delito De Genocidio
  • Aplicación por protección deficiente en comparación con estándares internacionales
8 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 599 “por la cual se expide el código penal”, artículo 101, parcial sobre genocidio.

Los cargos se orientan en dos sentidos, cuestiona la expresión “por razón de su pertenencia al grupo”, como requisito para sancionar el genocidio y se reprocha la existencia de dosificaciones punitivas diferentes que varían dependiendo de cuál sea la conducta imputada.

La Sala no encuentra fundados los argumentos del accionante, respecto del primer cargo aclara, que la expresión acusada simplemente precisa cuál es el alcance del tipo penal de genocidio, pero no hace más restrictivo el ámbito de protección consagrado en el derecho internacional.

Respecto al segundo cargo se estima que el legislador consideró que el genocidio mediante matanza representaba una afectación de mayor entidad frente a las demás conductas, por lo tanto respecto de las demás conductas constitutivas de genocidio se realizó una graduación distinta, pero en ningún caso se dejaron en la impunidad.

Decide declarar exequibles las expresiones acusadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 101Ley 599/00EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "por razón de su pertenencia al mismo", y "la pena será de prisión de diez (10) a veinticinco (25) años, la multa de mil (1.000) a diez mil (10.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes y la interdicción de derechos y funciones públicas de cinco (5) a quince (15) años", del artículo 101 de la Ley 599 de 2000, únicamente por los cargos analizados en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.