C-442 de 2001
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para señalamiento de requisitos
- Motivación gubernamental de aplazamiento o suspensión
- Reducción o aplazamiento
- Créditos adicionales y traslados
- Incompetencia para fallos diferidos
- Competencia para fallos diferidos
- Distinción en imprevisibilidad
- Atención de faltantes en funcionamiento
- Hipótesis de la norma
- Inclusión de gasto no decretado por ley previa
- Mecanismo de ejecución presupuestal
- Mecanismo para atender faltantes de apropiación
- No corresponde a traslados presupuestales
- Situaciones de excepcional urgencia
- Sujeción de facultades gubernamentales
- Sujeción de validez constitucional
- Un solo supuesto de hecho
- Urgencia e imprevisibilidad
- Creación y reglamentación por ley
- Cumplimiento de actividad
- Ejercicio razonable de potestad gubernamental
- Mecanismo de ordenación del gasto
- No corresponde a créditos suplementarios
- No proyección práctica
- Parámetros de utilización de recursos
- Previsión de lo imprevisible
- Regulación de fase ejecutoria de proceso anual presupuestal
- Regulación legislativa orgánica
- Situaciones de inclusión en el presupuesto
- Inclusión no decretada por ley previa
- Actividades según la doctrina
- Autorización atendiendo necesidad
- Mecanismo para atender faltantes de apropiación
- Inclusión no decretada por ley previa
- Procedencia
- No existencia de facultad expresa
- Diferencias
- Función
- Ejecución de presupuestos de la Nación
- Naturaleza jurídica
- Regulación de fase de ejecución presupuestal
- Presunción de constitucionalidad
- Decreto de gastos no adoptados
- Créditos adicionales y traslados presupuestales
- Gasto decretado conforme a ley anterior
- Reducción o aplazamiento
- Inclusión de partidas
- Decreto de gastos
- Alcance
- Fase de ejecución presupuestal
- Gastos no previstos en ley de presupuesto o aumento
- Operancia
- Concepto
- Filosofía
- Inclusión de gastos no decretados
- Creación y reglamentación por ley
- Individuo y funcionario público
- Creación no sujeta a reglamentación del Gobierno
- Efectos
- Inmediatez
- Competencia expresa
- Modulación excepcional de efectos en el tiempo
- Efectos que produce
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 38 de 1989.art.70.
Estatuto organico del presupuesto y fondo de compensacion interministerial.
Principio de legalidad del gasto.
Competencia de la corte para diferir fallos proferidos en el tiempo.
Exequible -condicionado - inexequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 38/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Declarar EXEQUIBLE el articulo 70 de la Ley 38 de 1989, cuyo texto se encuentra compilado por el articulo 87 del Decreto 111 de 1996 (Estatuto Organico del Presupuesto General de la Nacion), unicamente respecto del cargo examinado en la parte considerativa de la presente Sentencia y bajo el entendido que la utilizacion de los recursos del Fondo de Compensacion Interministerial, debe llevarse a cabo con los condicionamiento a que se ha hecho referencia en el fundamento 16 de la parte considerativa de la presente decision, y en los terminos generales de la misma. Salvo la expresion "con sujecion a los reglamentos que al respecto expida el Gobierno Nacional", la cual se declara INEXEQUIBLE a partir del
- primero. de enero de 2002.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.