Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de diciembre de 1998Sala Plena

C-772 de 1998

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Jose Maria Armenta Fuentes

Tema · dato duro
Ley 80/93. Art. 41 Paragrafo. 1. Art. 42 Paragrafo. Perfeccionamiento Del Contrato. Urgencia Manifiesta. Inexequible Y Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presupuesto General De La Nacion
  • Modificación por el Ejecutivo en estado de emergencia
  • Autoridades administrativas no pueden modificarlo
  • Modificación
Actividades Administrativas
  • No pueden modificar los presupuestos de entidades públicas
Traslados Presupuestales Internos
  • Autoridades administrativas pueden efectuarlos
Traslados Presupuestales
  • Competencia para efectuarlos
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 80/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 41Ley 80/93INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«parágrafo 1»
Art. 42Ley 80/93 «de que los traslados presupuestales internos a que se refiere dicha norma, se efectúen afectando exclusivamente el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto, respecto del parágrafo único»EXEQUIBLE· condicionado
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar INEXEQUIBLE el parágrafo 1o. del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, por la cual se expidió el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el parágrafo único del artículo 42 de la Ley 80 de 1993, bajo el entendimiento de que los traslados presupuestales internos a que se refiere dicha norma, se efectúen afectando exclusivamente el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.