Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de mayo de 2006Sala Plena

C-353 de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Dilian Francisca Toro

Tema · dato duro
Cargo Fijo En Tarifa De Servicios Publicos Domiciliarios. No Vulnera La Constitución
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cargo Fijo En Tarifa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Finalidad
  • No vulnera artículos 333, 334, y 366 de la Constitución
  • Contradice principios constitucionales
  • Usuarios sin capacidad de pago
Estado Social De Derecho
  • Manifestaciones concretas
Servicios Publicos Domiciliarios
  • Características
  • No gratuidad
  • Concepto
  • Relación de su satisfacción con la efectividad de ciertas garantías y derechos fundamentales
Regimen Tarifario De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Solidaridad y redistribución de ingresos
Control De Constitucionalidad
  • No estudio de cargos formulados por intervenientes
Comisiones De Regulacion En Tarifa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Criterios a considerar en determinación de costos fijos
Comisiones De Regulacion
  • Participación de los usuarios en la toma de decisiones
Fines Del Estado
  • Contenido social
14 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 142 de 1994 articulo 90.2 (parcial).

Se establece el regimen de los servicios publicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.

El cargo fijo como elemento de las formulas de tarifas.

Para la ciudadana la norma demandada desconoce los articulos 2 333 334 364 365 y 366 de la constitucion.

Existencia de cosa juzgada constitucional respecto a la vulneracion de los articulos 2 y 365 de la constitucion.

Los servicios publicos domiciliarios en relacion con la libre competencia economica la direccion general de la economia y las finalidades sociales del estado.

Constitucionalidad de la disposicion acusada respecto de los cargos formulados.

No siendo el cargo fijo uno de los elementos obligatorios de la tarifa las comisiones de regulacion pueden determinar otras alternativas con miras a alcanzar los fines que justifican su existencia en un mercado inscrito dentro de un estado social y democratico de derecho.

El regimen tarifario se debe caracterizar por los criterios no solo de costos sino de solidaridad y redistribucion.

Estarse a lo resuelto en c-041 de 2003 y exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 142/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 142/94EXEQUIBLE
Art. 90Ley 142/94 «numeral 90.2»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-041 de 2003, que declaro exequible el articulo 90.2 de la Ley 142 de 1994, por los cargos analizados.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE, el articulo 90.2 de la Ley 142 de 1994, por no vulnerar los articulos 333, 334 y 366 de la Constitucion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.