Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de junio de 2022Sala Plena

C-186 de 2022

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Juan Jose Fuentes Bernal·Demandado Ley 2099 De 2021

Tema · dato duro
Medidores Inteligentes De Energía. Responsable De Los Costos De Adquisición, Instalación, Mantenimiento Y Reparación De Los Medidores
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comisiones De Regulacion En Tarifa De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Criterios a considerar en determinación de costos fijos
Medidores De Energía
  • Instrumento necesario para la prestación del servicio
Principio De Solidaridad
  • Debe tenerse en cuenta al incluir en la tarifa los costos de expansión para que ese costo sea distribuido entre los usuarios según su capacidad económica
Reconocimiento Y Prestacion De Servicios Publicos
  • Vínculo con la materialización de derechos fundamentales
Servicios Publicos Domiciliarios
  • Prestación del servicio es de carácter oneroso
  • No gratuidad
Servicios Públicos
  • Marco constitucional
  • Costos del servicio
  • Criterio de recuperación de costos
  • Universalidad, eficiencia, eficacia, calidad y ampliación de cobertura
  • Regulación, control y vigilancia por el Estado
Energia Electrica
  • Bien público no transable
Accesibilidad Al Servicio De Energia
  • Impacto en el desarrollo social y reducción de la pobreza
Empresa
  • Función social
Medidores Inteligentes De Energía
  • Responsabilidad de costos por empresas prestadoras del servicio, beneficia a usuarios en situación de debilidad económica
  • Responsable de los costos asociados a la adquisición, instalación, mantenimiento y reparación
Regimen Tarifario De Servicios Publicos Domiciliarios
  • Solidaridad y redistribución de ingresos
17 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del Inciso 2º del artículo 56 de la Ley 2099 de 2021, por medio de la cual se dictan disposiciones para la transición energética, la dinamización del mercado energético, la reactivación económica del país y se dictan otras disposiciones.

En este caso se demanda la disposición que prohíbe a las empresas prestadoras del servicio de energía trasladarle al usuario, en la facturación o a través de cualquier otro medio, los costos asociados a la adquisición, instalación, mantenimiento y reparación de los medidores inteligentes de los que trata la ley 2099.

El actor argumentó que esa prohibición era contraria a la Constitución, porque desconocía el criterio de recuperación de costos contenido en el artículo 367 Superior, debido a que impide a las empresas prestadoras del servicio recuperar las erogaciones asociadas a la renovación de los medidores inteligentes.

La Corte encontró que la norma acusada es evidentemente desproporcionada porque, en otras cosas, vulnera el criterio de recuperación de costos consagrado en el artículo 367 Superior, desborda el límite de configuración del Legislador en materia de servicios públicos, vulnera la libre competencia como factor del criterio de eficiencia y lleva a las empresas de servicios públicos a asumir todos los costos asociados a los medidores inteligentes cuando los usuarios son los mayores beneficiados con su puesta en marcha y operación.

Con base en lo anterior se declaró INEXEQUIBLE el aparte normativo acusado, por violar el criterio de recuperación de costos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2099/21. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 56Ley 2099/21INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«Inciso segundo»
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar INEXEQUIBLE el inciso
  2. segundo. del artículo 56 de la Ley 2099 de 2021 "[p]or medio de la cual se dictan disposiciones para la transición energética, la dinamización del mercado energético, la reactivación económica del país y se dictan otras disposiciones".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.