C-307 de 2009
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Jaime Serna Giraldo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Características
- Concepto
- Elementos materiales
- Naturaleza parafiscal
- Transferencia y ejecución de una parte de los aportes a través de COLCIENCIAS no desconoce la singularidad y especificidad de la contribución parafiscal
- Integración
- Concepto
- Concepto
- Características
- Director de COLCIENCIAS hace parte del Consejo Directivo
- Director hace parte de Colciencias
- Concepto
- Características
- Continuación de producción de efectos jurídicos
- No desconoce principio de especificidad de la contribución parafiscal
- Características
- Improcedencia por cumplimiento de los requisitos de la demanda
- Clases de gravámenes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 812 de 2003, articulo 75 y ley 1169 de 2007, articulo 51.
De acuerdo con la demanda, las normas acusadas vulneran los principios de singularidad y especificidad de las contribuciones parafiscales y, en consecuencia, desconocer los principios de equidad tributaria y de sujecion del legislador a la ley para regulas las contribuciones parafiscales.
Ello, en tanto estas otorgan a colciencias la facultad de administrar parte de los recursos que recibe el sena. <br>en primer lugar, la corte preciso que, si bien, podria considerarse que la emision de la ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008, el articulo 51de la precitada ley perdio vigencia.
Sin embargo, su mandato continua produciendo efectos mas alla de su periodo fiscal, por tanto, se admitio la necesidad de un pronunciamiento al respecto. <br>la sala plena determino que las formulaciones demandadas no son contrarias a los principios de singularidad y especificidad, toda vez que los recursos recaudados en virtud de lo reglado en el articulo 16 de la ley 344 de 1996, son revertidos a favor de un grupo socio-economico integrado por los empleados publicos y privados vinculados a traves de convenios entre el sena y colciencias. <br>exequibles.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 812/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES las normas demandadas, únicamente por las razones analizadas en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.