C-246 de 2009
Ponente Clara Elena Reales Gutiérrez
✓Demandante Jorge Alonso Garrido Abd
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia para cuestionar aplicación de disposiciones en casos específicos
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad y pertinencia en los cargos
- Incumplimiento de carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 23 de 1982, articulos 160 y 162 “sobre derechos de autor”. <br>de acuerdo con quien acciona, las normas acusadas comportan una omision legislativa en el sentido de que no preven la posibilidad de que los organismos de radiodifusion y los responsables de la realizacion de espectaculos o audiciones publicas negocien los derechos de autor con sus titulares o con las sociedades que les representan, mientras que el articulo 73 hace lo propio con los demas usuarios. <br>la corte encontro que la dmanda de la referencia (i) no partio de una premisa normativa cierta, pues se funda en la interpretacion particular de la norma acusada; (ii) no fueron argüidos argumentos claros y especificos y (iii) estos carecian de pertinencia dado que no se planteo problema alguno de naturaleza constitucional. <br>inhibida. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 23/82. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los articulos 160 y 162 de la Ley 23 de 1982.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.