C-172 de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Paula Carolina Tejada Orozco·Demandado Ley 1340 De 2009, Articulos 2 Y 6 Parciales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corresponde a potestad de configuración del legislador para asignar y distribuir funciones entre distintos órganos y autoridades de la admi
- Decisión debió enfatizarse respecto a la naturaleza jurídica y las funciones de dicha Superintendencia
- Estructura de la administración nacional
- Gradación del margen
- Grado de discrecionalidad en determinación de funciones administrativas de inspección, control y vigilancia no es absoluto
- Legislador debe respetar criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Corresponde al legislador concretar los instrumentos de protección
- Contenido y alcance
- Congreso de la República, optó por centralizar en la SIC las funciones administrativas orientadas a proteger libre y leal competencia, incluso en el ámbito de servicios públicos
- Contenido
- objetivos
- Regulación, control y vigilancia por el Estado
- Marco constitucional
- Pueden ser prestados por el Estado, de manera directa o indirecta, por intermedio de comunidades organizadas o por particulares
- Constitución establece reparto funcional de competencias, en especial entre el Congreso y el Presidente de la República
- Jurisprudencia constitucional
- Facultad para distribuir competencias entre diferentes autoridades, o entre éstas y los particulares cuando cumplan funciones públicas
- Facultad para que competencias administrativas de inspección, control y vigilancia radique en una única entidad como la SSPD o por el contrario opte por establecer un reparto de competencias
- Reglas
- Fin social del Estado
- Forma de intervención del Estado en la economía
- Reserva de ley
- Control, inspección y vigilancia de entidades prestadoras por medio de Superintendencia
- Señalamiento de políticas generales de administración y control de eficiencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2 y 6 (parciales) de la Ley 1340 de 2009, por medio de la cual se dictan normas en materia de protección a la competencia.
La demandante considera que las normas impugnadas desconocen los artículos 4, 365 y 370 de la Carta Política.
A juicio de la Corte, el Congreso, en desarrollo de su potestad de configuración, podía asignar a la Superintendencia de Industria y Comercio la función de control dirigida a la protección de la libre competencia, incluidos los servicios públicos domiciliarios.
Precisa en este caso, que el cumplimiento de estas funciones por parte de la Superintendencia debe tener en cuenta la naturaleza especial de los servicios públicos domiciliarios, su esencialidad, su continuidad, el acceso a la población en condiciones de igualdad y, en general, todas las variables que hacen de su realización efectiva uno de los fines del Estado Social.
EXEQUIBLE, por los cargos analizados, las expresiones “cualquiera sea la actividad o sector económico” y “en forma privativa”, contenidas en los artículos 2 y 6, respectivamente, de la Ley 1340 de 2009
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1340/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las expresiones "cualquiera sea la actividad o sector economico" y "en forma privativa", contenidas en los articulos 2 y 6, respectivamente, de la Ley 1340 de 2009.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.