Micelio
Sentencia de Constitucionalidad25 de febrero de 2003Sala Plena

C-152 de 2003

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Juan Diego Buitrago Galindo Y Otros

Tema · dato duro
Ley 755 De 2002. Titulo (P.) Art. 1 (P.). Modifica Codigo Sustantivo Del Trabajo. Art. 236 Parag. Ley Maria. Licencia Remunerada De Paternidad A Cargo De Eps. Derecho A La Igualdad. Principio De Pluralismo Diversidad Cultural Libertad Religiosa Y Separaci
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Congreso
  • Vulneración de la Constitución al conceder honores anticipados
Constitucion Politica
  • Libertad individual como pilar fundamental
  • Derecho a tener cualquier religión
Ley Maria
  • Denominación de la ley quebranta el principio constitucional de separación de la Iglesia y el Estado
  • Expresión contraría la Constitución
  • Expresión no guarda relación con el contenido de la ley
  • Expresión no vulnera principio de unidad de materia
  • Finalidad de subtitularla es asegurar su eficacia, respecto del goce efectivo de los derechos
  • Identificación de la ley no vulnera los principios constitucionales de pluralismo, diversidad cultural y separación entre la iglesia y el Estado
  • Advocación “a la Madre Eterna” tiene contenido de carácter religioso
  • Denominación a una ley como homenaje a las madres colombianas parte de un supuesto indemostrable
  • Expresión discriminatoria vulnera la Constitución
  • Expresión quebranta de manera frontal el Reglamento del Congreso
  • Expresión utilizada por el legislador no vulnera la ley orgánica del Reglamento del Congreso con respecto a la titulación de las leyes
  • Nombre genérico para promover conocimiento del contenido de la ley
Ley Organica Del Reglamento Del Congreso
  • Exige que el título de las leyes correspondan al contenido de las mismas y que guarden secuencia numérica indefinida
Ley
  • Constitución no prohíbe expresamente la posibilidad de que tengan nombre
  • Título puede ser objeto de control de constitucionalidad
  • Límites para el uso de nombres
Licencia De Paternidad Remunerada
  • No existe trato discriminatorio por cuanto las EPS están obligadas a financiarla
  • No hay vulneración del derecho a la igualdad al asignar la obligación de financiar la licencia remunerada en la EPS
Servicio Publico De Seguridad Social
  • Libertad de potestad legislativa para regulación
Reglamento Del Congreso
  • Desconocimiento por cuanto expresión contenida en el título de la ley no corresponde a su contenido
Corte Constitucional
  • Sentencia desconoce jurisprudencia
Libertad De Potestad Legislativa
  • Licencia de paternidad tiene como límite los derechos fundamentales
Seguridad Social
  • Ley establece los términos en que debe ser prestado con sujeción a los principios de eficacia, universalidad y solidaridad
11 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 755/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Ley 755/02 «Inciso 5.»EXEQUIBLE
Art. 236Ley 755/02EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "Ley Maria", contenida en el titulo de la Ley 755 de 2002.
  4. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "La licencia remunerada de paternidad sera a cargo de la EPS" contenida en el inciso
  5. quinto. del articulo 1deg de la Ley 755 de 2002, por los motivos examinados en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.