Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de febrero de 1993Sala Plena

C-027 de 1993

Ponente Simon Rodriguez Rodriguez

Demandante Carlos Fradique Y Otros

Tema · dato duro
Ley 20/74. Concordato. Exequibles E Inexequibles. Ver Auto 005/93.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 20/74. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Ley 20/74EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLES los siguientes articulos del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974 "Por la cual se aprueba el Concordato y Protocolo Final entre la Republica de Colombia y la Santa Sede, suscrito en Bogota el 12 de julio de 1973": I, II, III, IV, V, VII, X, XVIII, XXI, XXIII, XXIV, XXV, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI y XXXII.
  4. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo VIII del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974, salvo en el aparte de su inciso 1deg que dice "...o la disolucion del vinculo ... incluidas las que se refieren a la dispensa del matrimonio rato y no consumado" y ademas el aparte del inciso 2deg que dice "... al Tribunal Superior del Distrito Judicial territorialmente competente". Lo anterior, precisando que la cesacion de los efectos civiles del matrimonio catolico por divorcio, en los terminos del articulo 42 de la Constitucion, no rompe el vinculo matrimonial eclesiastico.
  5. Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo XIV del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974, salvo en el aparte que dice "...La Santa Sede, antes de proceder al nombramiento de un arzobispo u obispo residencial, o de un coadjutor con derecho a sucesion, que debera recaer en ciudadano colombiano, comunicara al Presidente de la Republica el nombre de la persona escogida, a fin de saber si tiene objeciones de caracter civil o politico. Se entendera que ellas no existen, si no las manifiesta dentro de treinta dias. Estas gestiones se adelantaran por ambas partes con la mayor diligencia y reserva".
  6. Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el articulo XV del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974, salvo el aparte que dice "... Con tal finalidad informara previamente al Gobierno, acogiendo las indicaciones justas y convenientes que de el reciba".
  7. Quinto. Declarar EXEQUIBLE el articulo XIX del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974, salvo el aparte que dice "...se exceptuan, sin embargo, los procesos penales contra los obispos y quienes estan asimilados a estos en el derecho eclesiastico, que son de competencia exclusiva de la Sede Apostolica".
  8. Sexto. Declarar EXEQUIBLE el articulo XXVI del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974, salvo el aparte que dice "...Sera tambien reglamentada la contribucion del Estado para la creacion de nuevas diocesis y para el sostenimiento de las que funcionen en los anteriormente llamados territorios de misiones".
  9. Septimo. Declarar INEXEQUIBLES los articulos VI, IX, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XX y XXII del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974.
  10. Octavo. Declarar EXEQUIBLE el Protocolo Final del Concordato en relacion con el articulo VII del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974.
  11. Noveno. Declarar INEXEQUIBLE el Protocolo Final del Concordato en relacion con los articulos VIII y IX del articulo 1o. de la Ley 20 de 1974.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.