C-121 de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Límites a la libertad de acción
- Protección
- Implicaciones
- Concreción del derecho de acción
- No es absoluta
- Alcance
- Vicio de inconstitucionalidad por no contar con la iniciativa del Gobierno
- Agotamiento de la función
- Alcance de la iniciativa legislativa del Gobierno
- Iniciativa del Gobierno
- Iniciativa o aval del Gobierno para modificación atendiendo creación de nuevo ente universitario autónomo
- Instituciones universitarias no hacen parte
- Afectación por el legislador
- No conforma ninguna de las ramas del poder ni forma parte de la administración
- Finalidad del proyecto de ley que transforma naturaleza jurídica
- Naturaleza jurídica
- Pretensión de otorgamiento de autonomía por proyecto de ley
- Aval o coadyuvancia de los que se están tramitando
- Presentación por intermedio de ministros
- Aval del Ministro de Defensa
- Concepto
- Colaboración armónica para lograr los fines del Estado social de Derecho
- No forma parte de la administración como órgano dependiente y bajo el control de tutela del Ejecutivo
- No hace parte de la administración como órgano dependiente
- Régimen particular y especial de organización
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 78/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar INFUNDADAS las objeciones presidenciales respecto del proyecto de Ley No.78 de 2001 - Senado de la Republica-, 161 de 2001 -Camara de Representantes, por que en su aprobacion no se violo el articulo 154 de la Constitucion Politica.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el proyecto de Ley No.78 de 2001 - Senado de la Republica-, 161 de 2001 -Camara de Representantes, solo por las objeciones estudiadas en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.