Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de marzo de 2023Sala Plena

C-043 de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Téllez Lozano Leonardo·Demandado Ley 2197 De 2022

Tema · dato duro
Multas. Cobro Coactivo A Cargo De La Agencia Nacional De Defensa Jurídica Del Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Agencia Nacional De Defensa Jurídica Del Estado
  • Competencia asignada por el legislador para el cobro coactivo de multas reforma la estructura de la administración
  • Funciones
Estructura De La Administración Nacional
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Competencias concurrentes entre Congreso y Presidente de la República
  • Facultades extraordinarias
  • Modificación de las funciones de las entidades que pertenecen a la administración
  • Reserva de iniciativa a favor del Gobierno
Estructura De La Administración
  • Competencia asignada a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para el cobro coactivo de multas requiere iniciativa legislativa o aval del Gobierno
  • Inconstitucionalidad por modificación sin contar con la iniciativa gubernamental
Iniciativa Legislativa Exclusiva Del Gobierno
  • Criterios jurisprudenciales
  • Hipótesis de vulneración
Ministerio
  • Asignación de funciones que no trasciende ámbito de estructura de administración
  • Asignación de funciones que no exige iniciativa del Gobierno
Ministro
  • Presentación de proyectos de ley en representación del Gobierno
Proyecto De Ley
  • Al otorgar el aval, éste sólo puede ser concedido por los ministros o por quien haga sus veces, siempre y cuando sus funciones tengan alguna relación temática o conexión con dicho proyecto
Determinacion De La Estructura De La Administracion
  • Alcance de la iniciativa legislativa del Gobierno
Iniciativa Legislativa Del Gobierno
  • Condiciones para entender otorgado aval del Gobierno
  • Subreglas
13 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo sexto de la Ley 2197 de 2022, por medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones.

La disposición cuestionada atribuye a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado la competencia de tramitar el procedimiento administrativo de cobro coactivo de multas impuestas en la justicia penal ordinaria.

De manera inicial el actor planteó cuatro cargos, pero luego de la inadmisión de la demanda, rechazo de la misma y resolución del recurso de súplica interpuesto, se admitió únicamente el cargo relacionado con el desconocimiento de la regla de iniciativa gubernamental exclusiva, contenida en los artículos 150.7 y 154 del texto Superior.

Según el actor, la violación de dicha directriz ocurrió porque el Legislador habría efectuado una reforma de la estructura de la Administración, sin que el Gobierno Nacional hubiera propuesto la medida y sin que le hubiera otorgado su aval en el curso de la deliberación congresional.

Además de lo anterior, porque la atribución otorgada a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado constituiría una labora completamente ajena a su misión institucional.

Por haber infringido la regla de iniciativa gubernamental exclusiva contenida en el artículo 154 Superior, se declaró la INEXEQUIBILIDAD del parágrafo acusado,

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 2197/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 6Ley 2197/22INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (22 puntos)
  1. ÚNICO.- Declarar INEXEQUIBLE el parágrafo del artículo 42 de la Ley 599, modificado por el artículo
  2. sexto. de la Ley 2197 de 2022, "[p]or medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones".
  3. Comuníquese, publíquese y cúmplase,
  4. DIANA FAJARDO RIVERA
  5. Presidenta
  6. NATALIA ÁNGEL CABO
  7. Magistrada
  8. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  9. Magistrado
  10. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  11. Magistrado
  12. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  13. Magistrado
  14. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  15. Magistrado
  16. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  17. Magistrada
  18. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  19. Magistrada
  20. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  21. Magistrado
  22. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.