C-707 de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia una vez sancionado el proyecto de ley
- Exclusión de disposiciones
- Exclusión de disposiciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Proyecto de ley no 016 de 1999 senado y 006 de 1998 camara.
Se crea el fondo nacional para la reposicion del parque automotor del servicio publico de transporte terrestre y se dictan otras disposiciones.
Declarar cumplida la exigencia constitucional.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Proyecto_ley PL-016-1999/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. Declarar cumplida la exigencia constitucional contenida en el artículo 167 superior, en relación con el proyecto de ley 006/98 Cámara y 016/99 Senado "Por medio del cual se crea el Fondo para la Reposición del Parque Automotor del Servicio público de Transporte Terrestre y se dictan otras disposiciones", en cuanto al cumplimiento de la sentencia C-090/2001 proferida por la Corte Constitucional.
- Segundo. Enviar el citado proyecto de ley al señor Presidente de la República para su sanción.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.