Micelio
Sentencia de Constitucionalidad31 de enero de 2001Sala Plena

C-090 de 2001

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Tema · dato duro
Fondo De Reposicion Y Renovacion Del Parque Automotor. Transformación De Vehículo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Banco De La Republica
  • Atribuciones en materia monetaria, cambiaria y crediticia
Derecho A La Igualdad
  • No agotamiento en consideración formalista
  • Carácter relacional
  • Trato diferente
Fondo De Reposicion Y Renovacion Del Parque Automotor
  • Control
  • Transformación de vehículos
  • Campo de acción
  • Distinción entre transporte urbano y rural
  • Inembargabilidad de recursos
  • Recuperación de capital
  • Vida útil de vehículos
  • Composición de recursos
  • Ingresos parafiscales
  • Recursos
Igualdad
  • Aplicación efectiva
  • Acepciones
Presidente De La Republica
  • Atribuciones en materia monetaria, cambiaria y crediticia
Tarifa
  • Delegación de fijación
Contribucion Parafiscal
  • Alcance
  • Inembargabilidad
  • Elementos
Congreso
  • Atribuciones en materia monetaria, cambiaria y crediticia
Ley Organica
  • No modificación por reglamento del Ministerio
Objecion Presidencial
  • Improcedencia de revisión oficiosa o invención de razones
  • Vicio de competencia
Recurso Parafiscal
  • Inembargabilidad
Potestad Reglamentaria
  • Competencia
  • Término
Superintendencia Bancaria
  • Adición de funciones por legislador
13 temas · 29 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Proyecto de ley 016 de 1999 senado y 006 de 1998 camara.

Crea el fondo nacional para la reposicion del parque automotor del servicio publico de transporte terrestre.

Vehiculos colectivos de pasajeros transformados.

Ampliacion vida util.

Exequibles e inexequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 016/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 016/99INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (13 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion
  2. R E S U E L V E:
  3. Declarar en relacion con el proyecto de ley No. 06/98 Camara y 016/99 Senado, materia de objeciones presidenciales, lo siguiente:
  4. Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1, 13, 17 y 18, pero unicamente por el cargo analizado en la primera objecion.
  5. Segundo. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1 paragrafo, 5 y 26, pero unicamente por el cargo analizado en la segunda objecion.
  6. Tercero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 4, 10 y 20, pero unicamente por el cargo analizado en la tercera objecion.
  7. Cuarto. Declarar EXEQUIBLES los articulos 10, 11 y 12, pero unicamente por el cargo analizado en la cuarta objecion.
  8. Quinto. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 6, en el aparte que dice "... y estaran exentos del impuesto renta y complementarios" y EXEQUIBLES los articulos 1, 13, 14, 16, 17 y 18, unicamente por los cargos analizados en la quinta objecion.
  9. Sexto. Declarar INEXEQUIBLES del articulo 4 el aparte que dice: "....de conformidad con el reglamento que expida el Ministerio de Transporte...": del articulo 6 el aparte que dice: "...dentro del reglamento establecido por el Ministerio de Transporte..."; el articulo 25 en su totalidad. Y EXEQUIBLES los articulos 13, 14 y 22, pero unicamente en cuanto a los cargos analizados en la sexta objecion.
  10. Septimo. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 3, a que se refiere la septima objecion.
  11. Octavo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 23, pero unicamente por el cargo analizado en la octava objecion.
  12. Noveno. De conformidad con lo ordenado en los articulos 167 de la Constitucion Politica y 33 del decreto 2067 de 1991, por intermedio de la Secretaria General remitase copia del expediente legislativo y de esta sentencia a la Camara para los fines alli senalados.
  13. Comuniquese y notifiquese al Presidente de la Republica y al Presidente del Congreso,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.