C-1016 de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Maria Gabriela Posada Forero Y Otro·Demandado Ley 1150 De 2007 Articulo 6 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Actividad sometida a principios de la función administrativa y de la contratación pública
- Adscripción de la función de administrar el registro único de proponentes
- Naturaleza jurídica
- Contenido y alcance
- Finalidad de la medida
- No desconoce la libertad para escoger profesión u oficio
- Similitud
- Protección de derechos constitucionales sin concretarse en sanción o pena
- Pueden ser de índole permanente o temporal
- Definición
- Clasificación
- Amplio margen de configuración legislativa en materia de causales, como también de su duración en el tiempo, siempre y cuando atienda a los valores, principios y derechos consagrados en la Constitución
- Fuentes
- No todas tienen carácter sancionatorio
- Constituyen uno de los medios para garantizar la transparencia y la eficiencia en la actividad pública en general y en la contratación estatal en particular
- Diferencia
- Diferencia
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido en materia de contratación
- Función registral
- Nueva forma de inhabilidad
- Jurisprudencia constitucional
- Implica restricción para el ejercicio del derecho al trabajo que se encuentra justificada en la realización de la prevalencia del interés general y en el cumplimiento de los principios que orientan la función administrativa
- Verificación de las condiciones de los proponentes
- Contenido y alcance
- Finalidad de la medida es constitucionalmente legítima, razonable y proporcionada, pero su aplicación requiere del agota
- Contenido y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
<br>Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6 (parcial) de la Ley 1150 de 2007, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación de Recursos Públicos.
En este caso le correspondió a la Corte determinar si la expresión “En caso de reincidencia la inhabilidad será permanente” contenida en la norma acusada, corresponde a una sanción penal imprescriptible violatoria de lo estipulado en el artículo 289 de la Constitución, con consecuencias para los derechos consagrados en los artículos 26 y 40-7 de la misma Carta, los cuales también resultarían conculcados con la medida dispuesta por el segmento demandado.
La Corte encontró que la inhabilidad permanente para contratar con el Estado por reincidencia en graves inconsistencias en el Registro Único de Proponentes, es una medida que tiene una finalidad constitucionalmente legítima, es razonable y proporcionada, pero su aplicación requiere del agotamiento previo del procedimiento previsto en la ley.
EXEQUIBLE por los cargos examinados, en el entendido que para tal efecto se debe aplicar el debido proceso previsto en la ley. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 80/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES , por los cargos examinados en esta providencia, las expresiones "En caso de reincidencia la inhabilidad sera permanente", pertenecientes al articulo 6o de la ley 1150 de 2007, modificado por el articulo 221 del Decreto 19 de 2012, en el entendido que para tal efecto se debe aplicar el debido proceso previsto en la ley.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.