Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de febrero de 2008Sala Plena

C-188 de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Alfredo Beltran Sierra

Tema · dato duro
Sociedad Anonima Abierta Y Sociedad Anonima Cerrada. Aspectos En Los Que La Regulación De Las Sociedades Anónimas Abiertas Es Diferente De Las Sociedades Anónimas Cerradas
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Quorum Y Mayorias En Sociedad Anonima Cerrada
  • Diferenciación afecta derechos de las minorías
  • Regulación diferenciada
Juicio De Igualdad
  • Imposibilidad frente a diferencias que asignan características singulares de relevancia y trascendencia constitucional
Sociedad Anonima Abierta Y Sociedad Anonima Cerrada
  • Aspectos en los que la regulación de las sociedades anónimas abiertas es diferente de las sociedades anónimas cerradas
  • Elementos comunes
Sociedad Anonima Abierta
  • Elementos que la diferencian
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 222 de 1995 articulo 68 (parcial).

Se modifica el libro ii del codigo de comercio, se expide un nuevo regimen de procesos concursales y se dictan otras disposiciones.

Regimen de sociedades.

Sociedad anonima.

Quorum y mayorias.<br>el actor fundamenta su demanda en el tratamiento distinto e injustificado que le otorga la ley a las dos clases de sociedades anonimas -aquellas que negocian sus acciones en el mercado publico de valores y aquellas que no lo hacen-, en lo atinente a la determinacion del quorum y las mayorias.

En efecto, arguye que la disposicion acusada otorga a las sociedades anonimas cerradas una facultad de la que priva a aquellas sociedades anonimas abiertas, a saber: Pactar quorum o mayorias superiores a las referidas en el articulo 68 de la ley 222 de 1995.<br>clases de sociedades anonimas.

Diferencias relevantes y constitucionalmente trascendentales.

La dificultad de exigir que clases de sociedades diversas deban ser reguladas por el mismo regimen.<br>la corte tiene en cuenta que el legislador, en ejercicio de su libertad de configuracion, puede crear nuevas formas asociativas o reformar las existentes, asignandoles diversos efectos y estableciendoles diversas caracteristicas.

Entonces, en razon a esa diferenciacion estructural que se da entre tales sociedades, resulta complejo e impracticable efectuar un juicio de igualdad.<br>exequible la expresion "en los estatutos de las sociedades que no negocien sus acciones en el mercado publico de valores, podra pactarse un quorum diferente o mayorias superiores a las indicadas" contenida en el articulo 68 de la ley 222 de 1995.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 222/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 68Ley 222/95EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, la expresión "en los estatutos de las sociedades que no negocien sus acciones en el mercado público de valores, podrá pactarse un quórum diferente o mayorías superiores a las indicadas", contenida en el artículo 68 de la Ley 222 de 1995.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.