C-353 de 2009
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sergio Eduardo Estarita Jimenez Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhabilidad de personas naturales declaradas responsables judicialmente por los delitos de peculado, concusión, cohecho, prevaricato y soborno transnacional, o sus equivalentes en otras jurisd
- Inhabilidad extensiva a sociedades en que sean socios tales personas
- Inhabilidad de personas naturales declaradas responsables judicialmente no se hace extensiva a sociedades anónimas abiertas en que sean socios tales personas
- Excepción resulta razonable y proporcional
- Excepción creada en defensa de la libertad de empresa
- Excepción por imposibilidad de controlar las condiciones personales de los socios
- Alcance y contenido
- Objeto
- Concepto
- Características
- Clases
- Excepción a favor de sociedades anónimas abiertas no vulnera la constitución
- Naturaleza jurídica
- Diferencias conceptuales
- Características
- Clasificación
- Definición
- Tipos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1150 de 2007 “por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratacion con recursos publicos”, articulo 18 (parcial). <br>el cargo elevado consiste en reprochar la contradiccion entre el articulo demandado y el 122 inciso quinto superior, en la medida en que este permite a las sociedades anonimas abiertas a celebrar contratos con el estado, aun si entre sus socios hay personas naturales declaradas judicialmente responsables por la comision de cierto delitos. <br>se coligio que la excepcion precitada no es invalida a la luz de la carta, puesto que su articulo 60 impone al estado el deber de promover el acceso a la propiedad, ademas, tal prevision atiende a las dificultades que acarrearia para un sociedad como la anomina, tener conocimiento de las inhabilidades sufridas por los accionistas. <br>exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 80/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES las expresiones "con excepcion de las sociedades anonimas abiertas", pertenecientes al articulo 18 de la Ley 1150 de 2007, unicamente por las razones examinadas en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.