Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de febrero de 1997Sala Plena

C-075 de 1997

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Carlos A Ballesteros Y Otras

Tema · dato duro
Dec. 753/56. Art. 1 Lit E) Que Subrogo El Art. 430 Del C.S.T. Y Contra La Ley 50/90. Art. 65 Lit A) Que Subrogo El Art. 450 Del C.S.T. Huelga En Los Serv. Publ. Plazas De Mercado Plantas De Leche Y Mataderos. Ver C- 473/94 E Inexeq.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Huelga
  • Juicio concreto sobre cada actividad
  • Naturaleza
Servicios Publicos Esenciales
  • Análisis material
  • Definición legal
  • Cambio de jurisprudencia
  • Determinación
  • Prohibición de huelga
Cosa Juzgada Constitucional
  • Huelga en servicios públicos
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto ley 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 430Decreto ley 2663/50 «siempre que se trate, conforme al artículo 56 de la Constitución Política, de servicios públicos esenciales definidos por el Legislador»EXEQUIBLE
Art. 430Decreto 753/56INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. ESTESE A LO RESUELTO por la Sala Plena de la Corte Constitucional, en la Sentencia C-473 del 27 de octubre de 1994, en la cual se declaró exequible el inciso
  4. primero. del artículo 430 del Código Sustantivo del Trabajo, "siempre que se trate, conforme al artículo 56 de la Constitución Política, de servicios públicos esenciales definidos por el Legislador".
  5. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE el literal e) del artículo
  6. primero. del Decreto Extraordinario 753 de 1956, que subrogó el artículo 430 del Código Sustantivo del Trabajo, pero únicamente en razón a que el Legislador no ha señalado como servicios públicos esenciales las actividades indicadas en dicha disposición, en ejercicio de la facultad constitucional consagrada en el artículo 56 de la Carta Carta Política.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoEduardo Cifuentes MuñozSalvamentoAntonio Barrera Carbonell
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.