C-065 de 2002
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Libardo Rodriguez Rodriguez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Razones del concepto de violación
- Reestructuración de conformación
- Finalidad
- Conexión sustancial y teleológica
- Respeto de potestad de configuración por legislador
- Criterios de apreciación para establecer vulneración
- Vicios de forma
- Ausencia de razones del concepto de violación
- Vicio formal
- Núcleo temático
- Agentes que pueden operar como intermediarios del mercado cambiario
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 510 de 1999.
Arts. 72 73 y 74.
Sistema financiero y asegurador.
Mercado publico de valores.
Superintendencia bancaria y de valores.
Organizacion y fomento de divisas.
Intermediarios.
Sociedades comisionistas de bolsa.
Unidad de materia.
Igualdad de oportunidades
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 510/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (22 puntos)
- Primero. Declarar exequibles los articulos 72, 73 y 74 de la Ley 510 de 1999.
- Segundo. Inhibirse, por haber caducado la accion, de conocer el cargo por la presunta violacion del articulo 154 de la Constitucion Nacional.
- MARCO GERARDO MONROY CABRA
- Presidente
- ALFREDO BELTRAN SIERRA
- Magistrado
- (Continuan Firmas Expediente D-3620)
- JAIME ARAUJO RENTERIA
- Magistrado
- MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
- Magistrado
- JAIME CORDOBA TRIVINO
- Magistrado
- RODRIGO ESCOBAR GIL
- Magistrado
- EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT
- Magistrado
- CLARA INES VARGAS HERNANDEZ
- Magistrada
- ALVARO TAFUR GALVIS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.