Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de febrero de 2006Sala Plena

C-043 de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Alberto Leon Gomez Zuluaga Y Otros

Tema · dato duro
Participacion Democratica En Organizaciones Sindicales. Prohibición De Que Exista Más De Una Subdirectiva O Comité Por Municipio
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Comites Seccionales De Sindicato
  • Creación en aquellos municipios distintos al del domicilio principal o domicilio de la subdirectiva
Derecho De Asociación Sindical
  • Vulneración al establecer restricciones para la creación de subdirectivas y comités seccionales de sindicato
  • No es absoluto
Subdirectivas Seccionales De Sindicato
  • Creación en aquellos municipales distintos al del domicilio principal
Bloque De Constitucionalidad En Materia De Asociacion Y Libertad Sindical
  • No violación al establecer restricciones para la creación de Subdirectivas y Comités Seccionales
Participacion Democratica En Organizaciones Sindicales
  • Prohibición de que exista más de una subdirectiva o comité por municipio
Subdirectivas Y Comites Seccionales De Sindicato
  • Prohibición de que exista más de uno por municipio
Sindicato
  • Exigencia de un número mínimo de miembros para la creación de directivas seccionales
9 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 50 de 1990 articulo 55 parcial.

Se introducen reformas al codigo sustantivo del trabajo y se dictan otras disposiciones.

Directivas seccionales de sindicatos.

Los demandantes consideran que la norma demandada viola el preámbulo y los articulos 38 39 53-4 de la constuitucion y los convenios internacionales 87 y 98 de la organización internacional del trabajo la declaración americana de derechos del hombre la convencion americana de derchos humanos y su protocolo adicional de san salvador.

Existencia de cosa juzgada en cuanto a las expresiones "y el que tenga un numero no inferior a veinticinco (25) miembros" y "en el que tenga un numero de afiliados no inferior a doce (12) miembros".

Constitucionalidad de las expresiones "en aquellos municipios distintos al de su domicilio principal" y "en aquellos municipios distintos al de domicilio principial o el dimicilio de las subdirectivas ...

No podra haber mas de una subdirectiva o comité por municipio".

Estarse a lo resuelto en la sentencia 115 de 1991 y exequibles

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 50/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 55Ley 50/90EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia 115 de 1991, proferida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, que declaró exequibles las expresiones: "y en el que tenga un número no inferior a veinticinco (25) miembros" y "en el que se tenga un número de afiliados no inferior a doce (12) miembros", contenidas en el artículo 55 de la Ley 50 de 1990.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "en aquellos municipios distintos al de su domicilio principal", "en aquellos municipios distintos al de domicilio principal o el domicilio de las subdirectivas..." y "No podrá haber más de una subdirectiva o comité por municipio", contenidas en el artículo 55 de la Ley 50 de 1990.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.