Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de enero de 2003Sala Plena

C-036 de 2003

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Silvio San Martin Quiñones Ramos

Tema · dato duro
Ley 734 De 2002. Arts. 150 Y 153 (Ps.). Codigo Disciplinario Unico. Indagacion Preliminar. Procedencia Fines Tramite Y Termino Cierto Y Preestablecido. Investigacion Disciplinaria. Duda Sobre Identificacion O Individualizacion Del Autor De La Falta Discip
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Procedencia excepcional de pronunciamiento de fondo sobre norma declarada exequible
  • Alcance
Cosa Juzgada Material
  • Concepto
  • Efectos respecto a fallos de exequibilidad o inexequibilidad
Indagacion Preliminar En Proceso Disciplinario
  • Excepciones a la regla general
  • Término cuando hay duda sobre el autor de la falta
  • Vulneración del derecho al debido proceso al no fijar plazo razonable cuando existe duda respecto del autor de la falta disciplinaria
  • Carácter eventual
  • Elementos
Constitucion Politica Viviente
  • Cambio de interpretación del juez
Cosa Juzgada Aparente
  • Falta de motivación
Cosa Juzgada
  • Normas de contenido material igual
Debido Proceso Publico Sin Dilaciones Injustificadas
  • Prevalencia frente al derecho del Estado de ejercer su poder sancionador
Debido Proceso
  • Vulneración por no señalamiento de término de duración de indagación preliminar en proceso disciplinario en caso de duda sobre autor de la falta
Indagacion Preliminar
  • No es requisito de procedibilidad para iniciar investigación disciplinaria
Juez Constitucional
  • Modificación de interpretación de principios jurídicos
Presuncion De Inocencia
  • No desconocimiento
16 temas · 23 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 734/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 150Ley 734/02INEXEQUIBLE
Art. 153Ley 734/02INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Declarar exequible la expresión "la ocurrencia de la conducta; determinar si es constitutiva de falta disciplinaria; esclarecer los motivos determinantes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se cometió el perjuicio causado a la administración pública con la falta y" contenida en el artículo 153 de la Ley 734 de 2002.
  2. Segundo. Declarar inexequible la expresión "En estos eventos la indagación preliminar se adelantará por el término necesario para cumplir su objetivo" contenida en el artículo 153 de la Ley 734 de 2002.
  3. Tercero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-892 de 1999, y, en consecuencia, se declara inexequible la expresión "que considere necesario" contenida en el artículo 150, inciso 5, de la Ley 734 de 2002,
  4. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.