C-025 de 2010
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Heliodoro Fierro Mendez·Demandado Ley 906 De 2004 Articulos 6 Y 448
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se encuentra limitado al no exigirse la aplicación del principio de congruencia entre la imputación de cargos y la acusación
- Línea jurisprudencial
- Contenido y alcance
- Importancia
- Aplicable a la relación existente entre la imputación de cargos y la formulación de la acusación
- Aplicación
- Aplicación de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Principio de congruencia entre la acusación y la sentencia
- Jurisprudencia sobre el principio de congruencia en el sistema penal
- Finalidades
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Incumplimiento de la carga argumentativa respecto del artículo 6 parcial de la Ley 906 de 2004
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 906 de 2004, artículos 6 y 448, el artículo 6 regula la legalidad, el aparte acusado es el siguiente “al momento de los hechos” y el artículo 448 regula la congruencia el aparte acusado es el siguiente “no consten en la acusación”, el demandante considera vulnerado el artículo 29 de la Constitución ya que las disposiciones acusadas permiten que, en la práctica, se pudieran imputar cargos por un acto y luego se formulara la acusación por otro diferente, violándose de esta forma el derecho de defensa.
La Corte hace un planteamiento general, se pronuncia sobre el principio de congruencia en un sistema penal, la jurisprudencia de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia sobre el principio de congruencia, se decide declarar exequible el artículo 448 acusado y declararse inhibida para proferir un fallo de fondo sobre el artículo 6.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para proferir un fallo de fondo en relacion con la expresion "al momento de los hechos", del articulo 6o de la Ley 906 de 2004, por inepta demanda.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 448 de la Ley 906 de 2004, por el cargo analizado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.