Micelio
Sentencia de Tutela27 de septiembre de 2005

T-989 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Hugo Efrain Guerra Galindo Vs. Colmedica

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Persona De La Tercera Edad
  • Fundamental autónomo
  • Suministro de botox por EPS y repetición contra el Fosyga
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la salud y la integridad física de afiliado que padece espasmo hemifacial clonico derecho y a quien su medico tratante le formulo medicamentos no pos botox que la entidad se niega a suministrar.

Solicita se ordene el suministro de los medicamentos formulados.

Fudamentabilidad del derecho a la salud para las personas de la tercera edad y su salvaguarda por via de tutela.

Para el caso de las personas de la tercera edad por tratarse de sujetos de especial protección constitucional esta corporación ha sostenido que el derecho a la salud adquiere la calidad de derecho fundamental autónomo.

Criterios señalados por la jurisprudencia constitucional para inaplicar las disposiciones que regulan el pos.

Se vislumbra que los derechos a la vida y a la salud del peticionario estan en inminente riesgo puesto que el no suministro del medicamento conduce a empeorar la enfermedad que actualmente padece pudiendo llegar incluso a generar una incapacidad importante.

Accion de repeticion contra fosyga.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Veintitres Civil del Circuito de Bogota el siete (7) de junio de 2005, dentro de la accion de tutela propuesta por el senor Hugo Efrain Guerra Galindo contra Colmedica E.P.S., y en su lugar, TUTELAR los derechos constitucionales fundamentales a la vida, a la salud y a la integridad fisica.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Direccion General de Colmedica E.P.S., que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, disponga lo pertinente para que en adelante se suministre de manera oportuna e ininterrumpida, el medicamento toxina botulinica (botox) al senor Hugo Efrain Guerra Galindo, por el tiempo y la cantidad que el medico tratante disponga. De igual forma, Colmedica E.P.S. tiene derecho a repetir contra la Nacion -Ministerio de la Proteccion Social, Fondo de Solidaridad y Garantia (Fosyga)-, para obtener el reembolso de los gastos en que incurra con ocasion del suministro del medicamento anteriormente mencionado.
  3. TERCERO. Por la Secretaria General de la Corte Constitucional, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.