Sentencia de Tutela7 de noviembre de 2002
T-958 de 2002
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Jose Falconery Alvarez Galvis Vs. Inpec
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida De Recluso Condenado Por Delitos Sexuales. Renuencia A Practica Operación De Prostata Y Asistencia Siquiatrica Por Amenazas Y Maltrato. Estado De Indefension. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud Del Interno
- Atención médica, adecuada, digna y oportuna
- Atención médica necesaria
- Preservación por el Estado
Derecho A La Vida Del Interno
- Responsabilidad del Estado es obligación de resultado
Establecimiento Carcelario
- Atención médica adecuada, digna y oportuna de internos
- Deber de protección derechos de los reclusos
Derechos Humanos
- Responsabilidad del Estado
Interno
- Restricción y protección de derechos
5 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. Confirmar parcialmente la sentencia del Juzgado treinta y ocho Penal del Circuito de Bogota y CONCEDER la tutela al derecho a la vida del demandante.
- Segundo. Ordenar al Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, que, en los terminos indicados en los numerales 12.1, 12.2, 12.3 y 13 de la presente sentencia, inicie los programas y planes alli senalados.
- Tercero. Ordenar al Defensor del Pueblo, que, en los terminos indicados en los numerales 12.1, 12.2, 12.3 y 13 de la presente sentencia, asista al INPEC y al Ministerio de Justicia y del Derecho en el cumplimiento de la presente sentencia.
- Cuarto. Ordenar que se remita copia del informe final que acompana el estudio realizado por el INPEC, junto con una advertencia sobre la existencia de material documental que lo soporta y se comunique esta sentencia, al Fiscal General de la Nacion, a fin de que adelante las investigaciones necesarias y pertinentes relacionadas con las amenazas, golpes y otros actos en contra de la integridad de las personas sindicadas o condenadas por delitos sexuales, son mencionados en dicho informe y en la presente sentencia.
- Quinto. Ordenar que se remita copia del informe final que acompana el estudio realizado por el INPEC, junto con una advertencia sobre la existencia de material documental que lo soporta y se comunique esta sentencia, al Procurador General de la Nacion, a fin de que adelante las investigaciones necesarias y pertinentes relacionadas con las amenazas, golpes y otros actos en contra de la integridad de las personas sindicadas o condenadas por delitos sexuales, son mencionados en dicho informe y en la presente sentencia.
- Sexto. Ordenar a la Secretaria General que desglose el estudio realizado por el INPEC junto a los documentos que los soporta y los remita a dicha entidad para efectos del cumplimiento de la presente sentencia. En el expediente debera constar el desglose y adjuntar copia autentica del informe final que se incluye en dicho estudio.
- Septimo. Ordenar que se comunique la presente sentencia al Ministro de Justicia y del Derecho a fin de que, en los terminos de los numerales 12.1 y 12.2 del fallo, adopte las medidas pertinentes.
- Octavo. Liberense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese, cumplase, publiquese e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a18
T-847/00Derecho A La Dignidad Humana. Hacinamiento Carcelario. Traslado De Reclusos De Las Salas De Retenidos A Centros Carcelarios. Concedida.T-256/00Derecho A La Dignidad E Integridad Personal De Los Internos. Hacinamiento Carcelario. Los Reclusos Tienen Que Dormir En Los Baños O En El Piso De Los Pasillos. Carcel De Bellavista. Concedida.T-1650/00Derecho A La Defensa Y Debido Proceso De Persona De La Tercera Edad. Pension De Vejez Y Jubilacion No Compartible. Iss. Negada.T-1390/00Derecho A La Salud E Intimidad De Menor De Edad Y Sus Padres. Suministro Tratamiento Medico Y Demas Examenes. Consentimiento Informado En Casos De Ambigüedad Genital O Hermafroditismo. Concedida.T-1291/00Derecho A La Salud A La Igualdad Y Peticion. Interno De La Penitenciaria "picaleña" Quien Padece Del Sindrome De Guillain Barre. Solicitud De Rehabilitacion. Responsabilidad Del Estado Frente A La Salud De Las Personas Privadas De La Libertad. Negada.SU.090/00Incumplimiento Sistematico De Las Sentencias De Tutela Por Pago De Pensiones En El Departamento Del Choco. Suspension Del Estudio Del Proyecto De Sentencia Mientras Se Expedia La Ley 549/99 Que Ordena Anticipo Para Cubrir La Mora Pensional De Las Entidades Territoriales.Concedida.
Ver las 18 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.