Micelio
Sentencia de Tutela12 de octubre de 2000

T-1390 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Nn Vs. Iss

Tema · dato duro
Derecho A La Salud E Intimidad De Menor De Edad Y Sus Padres. Suministro Tratamiento Medico Y Demas Examenes. Consentimiento Informado En Casos De Ambigüedad Genital O Hermafroditismo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ambigüedad Genital
  • Complejidad del asunto
  • Legitimidad del consentimiento sustituto paterno
Consentimiento Informado Cualificado Y Persistente De Los Padres
  • Debe darse por escrito
  • Protocolos médicos
  • Alcance respecto a remodelación de genitales de hijos por ambiguedad sexual
Expediente De Tutela
  • Absoluta reserva para el caso
Principio De Publicidad Del Proceso
  • Armonización con la intimidad del menor y su familia
Comunidad Medica
  • Desarrollo de protocolos
Consentimiento Sustituto En Tratamiento Medico Del Niño O Incapaz
  • Factores a tener en cuenta para evaluación de validez
Identidad Sexual
  • Cirugías y suministro de hormonas para remodelar genitales son tratamientos invasivos
Plan Obligatorio De Salud
  • Repetición contra el FOSYGA
  • Suministro de medicamentos y tratamientos excluidos
Sentencia De Revision De Tutela
  • Supresión identificación del menor y progenitor
Tratamiento Medico Del Niño O Incapaz
  • Alcance de la validez del permiso parental
13 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Tutelar el derecho a la intimidad del menor NN y de sus padres, por lo cual sus nombres no podrán ser divulgados, y el presente expediente queda bajo estricta reserva, y sólo podrá ser consultado por los directamente interesados, conforme a lo señalado en el fundamento jurídico No 2 de esta sentencia. El secretario jurídico de la Corte Constitucional y el secretario del juzgado ZZ que decidió en primera instancia el caso, deberán garantizar esta estricta reserva.
  2. Segundo. CONFIRMAR la sentencia del despacho de segunda instancia, en cuanto amparó el derecho a la salud del menor NN, y que ordenó a la seccional correspondiente del ISS que en un término no superior a cuarenta y ocho horas (48) contados a partir del momento de notificación del fallo, dispusiera lo necesario para que se le suministre al menor el tratamiento médico, hospitalario, quirúrgico, terapéutico, medicamentos y demás exámenes derivados de los resultados obtenidos, en pro de su normal desarrollo, bienestar y calidad de vida.
  3. Tercero. Teniendo en cuenta que esta Corporación ha llegado a la conclusión, tanto en esta providencia como en las sentencias SU-337 de 1999, T-551 de 1999 y T-629 de 1999 que el permiso paterno sustituto es válido para autorizar una remodelación genital en menores de cinco años, siempre y cuando se trate de un consentimiento informado, cualificado y persistente, ADICIONAR la providencia anterior y ORDENAR al juez de primera instancia que verifique que el permiso de los padres para la realización de la cirugía a la menor, cumple con los lineamientos expuestos en la jurisprudencia de esta Corporación.
  4. Cuarto. Igualmente, por las razones señaladas en esta sentencia, ORDENAR a la Seccional del I.S.S. prestarle al menor todos los medicamentos y terapias indispensables para el tratamiento de problemas de ambigüedad genital, incluyendo, en caso de que sea necesario, un apoyo psicoterapéutico.
  5. Quinto. La Seccional del ISS podrá repetir contra el Estado colombiano en relación con los gastos adicionales sobrevinientes a la realización de tratamientos o la entrega de medicamentos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud, con cargo a los recursos existentes en la subcuenta del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA).
  6. Sexto. Por
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.