Micelio
Sentencia de Tutela30 de agosto de 1999

T-629 de 1999

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Raul Castilla Castilla

Tema · dato duro
Debido Proceso. Via De Hecho. Der. A La Defensa. Proceso Policivo. Amparo De Posesion. Punta Canoa. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medio De Defensa Judicial
  • Reivindicación propiedad sobre predio
Via De Hecho En Proceso Policivo
  • Procedencia excepcional de tutela
Proceso Policivo
  • Demostración posesión sobre predio
  • Procedencia de tutela contra actos jurisdiccionales
  • Intervención para evitar perturbación, derecho de posesión o mera tenencia sobre un bien
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Civil del Circuito de Cartagena el once (11) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999), al decidir en segunda instancia acerca de la acción de tutela promovida por RAUL CASTILLA CASTILLA, contra el Alcalde Mayor de Cartagena y, en consecuencia, negar la protección solicitada.
  3. Segundo. ORDENAR que se dé estricto cumplimiento a lo ordenado en las Resoluciones 2844 de octubre de 1998 y 0053 de febrero de 1999, expedidas por el Alcalde Mayor de Cartagena, y que se restituya a los poseedores tradicionales la posesión que siempre han tenido sobre el predio "Guayepo", volviendo los hechos a su estado anterior.
  4. Tercero. El incumplimiento de lo aquí ordenado dará lugar a las sanciones previstas en los artículos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.