Micelio
Sentencia de Tutela27 de agosto de 2001

T-903 de 2001

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Carlos Alberto Arango Vs Emcali E.S.P.·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Salud Tranquilidad Minimo Vital Dignidad Humana Educacion Y Familia. Derechos Fundamentales De La Persona Jurídica. Falta De Pago De Las Obras Adicionales En La Ejecución De Un Contrato. No Hay Relacion De Causalidad Con La Amenaza De D
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no vulneración derechos de persona jurídica
  • No existe relación de causalidad entre derechos de la persona natural y la persona jurídica
  • Improcedencia para obtener reconocimiento y pago de obras
  • Improcedencia sobre controversias económicas
Agencia Oficiosa En Tutela
  • Legitimidad e interés
  • Requisitos
Derecho De Peticion
  • Improcedencia para ordenar pago de sumas reclamadas
Persona Juridica
  • Titularidad de derechos fundamentales
Derechos Fundamentales De Persona Juridica
  • Señalamiento de los que resultan aplicables y protección por tutela
5 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar las sentencias dictadas por el Juzgado Quince Civil del Circuito de Cali y el Juzgado Catorce Civil Municipal de Cali, por las cuales se tutelaron los derechos fundamentales invocados por el accionante en la tutela de la referencia.
  2. Segundo. Denegar por improcedente la accion de tutela interpuesta por Carlos Alberto Arango, como representante legal de CONELECTRICAS LTDA, contra las Empresas Publicas de Cali E.S.P.
  3. Tercero. Dar cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Cuarto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.