Sentencia de Tutela21 de octubre de 1999
T-827 de 1999
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Olga Orozco Vda De Rojas
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social. Persona De La Tercera Edad. Iss Niega Pension. Via De Hecho. Ordena Resolver Solicitud Formulada Por El Difunto. Sustitucion Pensional. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acto Propio
- Respeto
- Respeto por todos los operadores jurídicos
- Condiciones para su aplicación
Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
- Interpretación de normatividad con sujeción a la Constitución
Derecho A La Pensión De Sobrevivientes
- Fundamental
Pension De Vejez
- Entidad a reclamar es el ISS y no el empleador
- Improcedencia de devolución unilateral de aportes
Principio De La Buena Fe
- Proyección constitucional
- Devolución de aportes efectuados para pensión
Pension De Jubilacion
- Derecho adquirido
- Protección constitucional especial
Pension De Sobrevivientes
- Derecho configurado
- Compañera permanente o cónyuge
Via De Hecho En Pension De Vejez
- No reconocimiento y devolución de aportes
Contribucion Parafiscal
- Cotización a seguridad social
Derecho A La Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad
- Fundamental por conexidad
Pension De Jubilacion Y Pension De Vejez
- Reconocimiento por entidad oficial y por empleador particular
Sistema De Seguridad Social En Pensiones
- Respeto a los aportes y no extinción unilateral
Sistema De Seguridad Social
- Características
Perjuicio Irremediable
- Vida probable
Via De Hecho
- Clases de defectos en la actuación
18 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias objeto de revision en cuanto no concedieron la tutela y en su lugar TUTELAR los derechos de la peticionaria, senora Olga Orozco de Rojas en sus derechos a la seguridad social, debido proceso, vida y proteccion a los de la tercera edad y determinar que las Resoluciones 012756 de 15 de julio de 1996, 016254 de 2 de septiembre de 1997 y 00187 de 14 de septiembre de 1998, proferidas por el I.S.S. constituyen una viade hecho y por lo tanto quedan sin efecto alguno; y ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que en el termino de treinta (30) dias habiles decida la solicitud formulada por el senor Angel Rojas Rodriguez, hoy occiso, teniendo en cuenta las pruebas que obran en el expediente, considerando como partes a quienes pudieren tener interes legitimo en esta prestacion, y aplicando debidamente las normas legales y las disposiciones constitucionales que consagran la seguridad social, todo ello segun los parametros senalados en la parte motiva de este fallo.
- Segundo. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el Juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas adecuadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a27
T-730/99Der. A La Igualdad Vida Y Salud. Der. A La Seguridad Social De Mujer Embarazada. Retiro Del Iss De Empleada Servicio Domestico Por Ser Familiar Del Empleador. Concedida.T-715/99Der. De Los Niños A Tener Una Familia Y No Ser Separado De Ella. Menor Que Es Separado De Hogar Sustituto. Concedida.T-577/99Der. A La Igualdad. Der. De Peticion. Der. A La Seguridad Social. No Cancelacion De Bono Pensional Por Entidad. Concedida.T-460/99Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Suministro De Medicamentos Pañales Y Tratamiento Prequirurgico. Concedida Parcialmente.T-295/99Der. A La Igualdad. Personas De La Tercera Edad. Derechos Adquiridos. Disminucion De La Pension De Jubilacion Por Bancafe. Concedida.SU.562/99Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Continuidad En El Servicio Publico De Salud. Mora En El Pago De Aportes En Salud. Quintex Empresa En Concordato. Concedida Parcialmente.
Ver las 27 →Citada por98
SU.444/23Pensión De Sobrevivientes Compartida Entre Cónyuge Y Compañera Permanente Supérstite- Interpretación Constitucional Del Artículo 27 Del Acuerdo 049 De 1990 (Causante Tuvo Convivencia Simultánea).T-102/20Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud Vinculada Mediante Contrato De Obra O Labor Contratada.T-415/19Derecho A La Pension De Sobrevivientes Para Hijo En Situación De Discapacidad. Requisitos.SU.140/19Unificacion De Jurisprudencia En Materia Pensional Respecto Al Incremento Del 14% Por Conyuge O Compañero (A) A Cargo.SU.005/18Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia De Pension De Sobrevivientes. Ajuste Jurisprudencial En Cuanto Al Alcance.T-532/17Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Procedencia Excepcional De La Accion De Tutela
Ver las 98 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.