Micelio
Sentencia de Tutela5 de febrero de 2003

T-076 de 2003

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Luis Octavio Barrera Vs. Porvenir S.A.

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Y Minimo Vital. Solicitud Reconocimiento Sustitucion Pensional De Padre Que Dependia Economicamente De Hijo Fallecido. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Situación precaria del padre conlleva reconocimiento de sustitución pensional
  • Improcedencia general para reconocimiento de derechos pensionales
Derecho A La Sustitucion Pensional De Ascendientes
  • Dependencia económica e ingresos inferiores a la mitad del salario mínimo
  • Interpretación limitada de norma por entidad administradora de pensiones
  • Requisitos
Derecho A La Vida Digna
  • Personas en circunstancias de debilidad manifiesta
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR las decisiones proferidas en primera y en segunda instancia por los Juzgados Setenta y Seis Penal Municipal de Bogota y
  2. Primero. Penal del Circuito de Bogota, respectivamente, dentro del proceso de tutela promovido por el Senor. Luis Octavio Barrera contra la Sociedad Administradora de Fondos y Pensiones y Cesantias Porvenir S.A.
  3. SEGUNDO. TUTELAR los derechos a la vida digna y al minimo vital del Senor Octavio Barrera, y en consecuencia, ordenar a la Sociedad Administradora de Fondos y Pensiones y Cesantias Porvenir S.A. que, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (48) a la notificacion de la presente providencia, reconozca el derecho a la sustitucion pensional en favor del Senor Luis Octavio Barrera e inicie el pago de las mesadas pensionales.
  4. TERCERO. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.