Micelio
Sentencia de Tutela2 de diciembre de 2015

T-747 de 2015

Ponente Myriam Avila Roldán

Demandante Jorge Leon Galindo·Demandado Unitel S.A. Esp.

Tema · dato duro
Derecho A La Libertad De Locomocion De Persona En Situacion De Discapaciad. Vulneracion Por Instalacion De Poste Que Obstaculiza Paso En Silla De Ruedas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Libertad De Locomocion De Personas En Situacion De Discapacidad
  • Orden de retirar postes u otorgar una alternativa viable para garantizar el derecho a la libre locomoción del accionante, eliminando las barreras físicas o arquitectónicas
  • Eliminación de las barreras arquitectónicas también compromete a las edificaciones de carácter privado
  • Vulneración por instalación de postes de telefonía que obstaculizan paso en silla de ruedas
Libertad De Locomocion
  • No constituye un derecho absoluto
Personas En Situación De Discapacidad
  • Protección en el ordenamiento constitucional
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La conducta que causa la vulneración de derechos fundamentales es la omisión de las entidades demandadas de retirar unos postes de telefonía local e internet que están ubicados enfrente de su residencia y que impiden la movilidad del actor, en tanto es una persona que se desplaza en silla de ruedas.

Se estudia la siguiente temática: 1º.

La protección especial que debe brindar el Estado y los particulares a las personas con discapacidad. 2º.

El derecho a la igualdad en la Carta y la prohibición de no discriminación por razones de discapacidad y, 3º.

El alcance del derecho a la libertad de locomoción.

Se TUTELAN los derechos fundamentales invocados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Penal Municipal de Yumbo -Valle- el 11 de junio de 2015, que decidio declarar improcedente la accion de tutela interpuesta por el senor Jorge Leon Galindo contra la empresa Unitel S.A. E.S.P. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la locomocion y a la igualdad.
  3. Segundo. ORDENAR a Unitel S.A. E.S.P. y al Departamento de Planeacion Municipal de Yumbo, que se realice un plan para que, en el termino de cinco (5) dias contados a partir de la notificacion de la presente providencia y, de acuerdo con las competencias constitucionales y legales, proceda a retirar los postes ubicados en la carrera 2 N No. 11-52 del barrio Lleras o, se otorgue una alternativa viable para garantizar el derecho a la libre locomocion del senor Galindo a su domicilio, eliminando las barreras fisicas o arquitectonicas.
  4. Tercero. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por10
T-511/24Derechos A La Vida Digna, Integridad Física Y Libre Locomoción-Obligaciones De Las Autoridades Locales Sobre Eliminación De Barreras Físicas Que Deben Superar Las Personas En Situación De Capacidad Diversa.T-318/24Derecho A La Vivienda Digna Y Servicio Público De Alcantarillado (Obligaciones De Las Autoridades Locales De Saneamiento Básico)-Proceso Policivo Por Alteración De La Convivencia (Vulneración Del Debido Proceso Por Mora Injustificada).T-079/22Accion De Tutela Contra Municipio-Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditarse Perjuicio IrremediableT-011/22Derecho De Accesibilidad Y Libre Locomocion De Personas En Situacion De Discapacidad Visual. Vulneracion Por Falta De Mantenimiento Y Ausencia De Semaforos Sonoros En Las Vias Publicas De Mayor CirculacionSU.109/22Derecho A La Igualdad, Libertad De Locomoción Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Adultos Mayores De 70 Años En El Contexto De La Pandemia Covid-19-Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado, Medidas Sanitarias Que Implicaron La Vulneración De Las Garantías Superiores Perdieron Vigencia.SU.086/22Debido Proceso Y Derechos Fundamentales Al Habeas Data Y A La Libertad De Locomoción.Orden A Jep Tomar Medidas Para Lograr Comprension Clara Y Uniforme Sobre Diferencias Existentes Entre El Acta De Sometimiento Y El Acta De Compromiso Y Sobre La Necesidad De Adoptar Formatos Que Las Reflejen De Modo Inequívoco Y Especifiquen Sus Consecuencias En Materia De Restricciones Para Salir Del País.
Ver las 10

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.