Micelio
Sentencia de Tutela1 de julio de 2008

T-646 de 2008

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Jose Arquimedes Camacho Zapata·Demandado Instituto De Seguros Sociales Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion de afiliado a quien la entidad no le ha dado respuesta a una solicitud de reconocimiento de la pension de invalidez efectuada en noviembre de 2006.<br>solicita se ordene la respuesta de fondo correspondiente.<br>presuncion de veracidad en materia de tutela cuando la autoridad demandada no rinde el informe solicitado por el juez constitucional.

Contenido, alcance y fin del derecho de peticion.

Terminos para resolver peticiones en materia de pensiones.<br>al haberse evidenciado que el actor efectivamente presento en noviembre de 2006 ante la entidad accionada la peticion relacionada con el reconocimiento de su pension, resulta diafano arribar a la conclusion de que los terminos previstos para su resolucion estan vencidos, pues para tal tipo de tramites la administracion cuenta con un termino de 4 meses calendario, de conformidad con lo establecido en la ley 717 de 2001.<br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el cinco (5) de octubre de 2007, por el Juzgado
  2. Quinto. (5) Laboral del Circuito de Cali, que denegó el amparo solicitado por José Arquímedes Camacho Zapata en el asunto de la referencia.
  3. En su lugar, CONCEDER, por las razones y en los términos de esta Sentencia, el amparo al derecho fundamental de petición del accionante.
  4. SEGUNDO. ORDENAR al Instituto del Seguro Social (ISS), que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta Sentencia, si aún no lo hubiere hecho, proceda a proferir un acto administrativo que resuelva de fondo la petición elevada por el señor José Arquímedes Camacho Zapata.
  5. TERCERO. LÍBRESE por Secretaria General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.