T-458 de 2014
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sol Maria Acosta Muñoz·Demandado Alcaldia De Cali Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que corresponde conocer a Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Falta de confirmación de riesgo o amenaza de ocurrencia de un perjuicio irremediable
- Caso en que existen otros mecanismos judiciales
- Caso en que la demandante no funge como representante legal, ni como apoderada de la fábrica de artículos pirotécnicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La actora aduce que es madre cabeza de familia y trabajadora de una fábrica de artículos pirotécnicos, de donde obtiene a manutención propia y la de sus tres hijos.
Interpuso la acción de tutela porque considera que la Alcaldía de Cali y la Policía Metropolitana de la misma ciudad han vulnerado sus derechos fundamentales, en virtud de la expedición de un acto administrativo mediante el cual se obstaculiza la venta, comercialización y circulación de los productos pirotécnicos producidos en la empresa en la que labora.
La Sala de Revisión concluye que la petición de amparo resulta improcedente, por cuanto no cumple ni con los requisitos generales de procedibilidad de la acción de tutela, ni con la exigencia para la procedencia de la acción constitucional como mecanismo transitorio, toda vez que la peticionaria no tiene legitimidad en la causa por activa, ni agotó la vía contenciosa administrativa para controvertir el acto administrativo atacado.
Así mismo, por no existir riesgo o amenaza de ocurrencia de un perjuicio irremediable para los derechos fundamentales invocados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR TOTALMENTE la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, calendada el 7 de febrero de 2014, mediante la cual se resolvió confirmar la sentencia de primera instancia del Tribunal
- Superior de Cali, Sala Civil de Decisión, fechada el 4 de diciembre de 2013, en la que se resolvió "negar por improcedente el amparo constitucional impetrado, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia", por incumplimiento de los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.