Sentencia de Tutela10 de mayo de 2004
T-452 de 2004
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Elvia Ramos Guerra Vs. Gobernacion De Cordoba
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida Y Seguridad Social. Solicitud Liquidacion Provisional Y Remision Bono Pensional. Pension De Vejez. Iss. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Convenio De Concurrencia
- No puede someterse a persona de la tercera edad a la incertidumbre sobre la definición de la pensión
Derecho A La Seguridad Social
- Expedición y emisión de bono pensional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 18 de noviembre de 2003 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería y, en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales invocados por la señora ELVIA RAMOS GUERRA contra la Gobernación de Córdoba y el Seguro Social, Seccional Bolívar,
- Segundo. ORDENAR al Gobernador de Córdoba que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo efectúe la liquidación provisional del bono pensional de la señora ELVIA RAMOS GUERRA y la haga llegar de inmediato al Seguro Social para su aprobación la cual deberá surtirse igualmente en el término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del recibo.
- Una vez aprobada la liquidación provisional, la Gobernación debe expedir el bono dentro de los ocho (8) días siguientes a la confirmación, con las garantías que exijan las normas correspondientes.
- Tercero. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a20
T-585/03Derecho A La Seguridad Social Y Peticion De Docente. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Emision Y Pago Del Bono Pensional. Cuotas Partes. Competencia. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Iss. Ley 700 De 2001.Concedida.T-1067/03Bono Pensional. Via De Hecho. Reconocimiento Y Pago De Pension De Vejez Por El Iss. ConcedidaT-059/03Derechos A La Vida Trabajo Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Emision Del Bono Pensional. Llamado A Prevencion. Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Cajanal. Concedida.T-027/03Derecho Al Minimo Vital. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Deficit Presupuestal. Concedida.T-927/02Derechos A La Vida Salud Minimo Vital Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Ingreso A Nomima De Pensionados. Expedicion Del Bono Pensional. Etapas Administrativas. Terminos Razonables. Seis Meses. Iss. Concedida.T-606/02Derechos A La Vida Dignidad Humana Minimo Vital Y Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad. Solicitud Pago Pension De Vejez. Emision Y Expedicion Del Bono Pensional. Iss. Concedida.
Ver las 20 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.