Micelio
Sentencia de Tutela12 de noviembre de 2003

T-1067 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Nestor Mariano De Leon De Leon Contra Gobernacion De Cordoba

Tema · dato duro
Bono Pensional. Via De Hecho. Reconocimiento Y Pago De Pension De Vejez Por El Iss. Concedida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Convenio De Concurrencia Y Pasivo Pensional
  • No le corresponde al juez constitucional
Derecho A La Seguridad Social
  • Expedición y emisión de bono pensional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 8 de julio de 2003 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería y, en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales invocados por el señor Néstor Mariano de León de León contra la Gobernación de Córdoba, con citación del Hospital San Diego de Cereté y el Hospital San Juan de Sahagún.
  2. Segundo. ORDENAR al Gobernador de Córdoba que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo efectúe la liquidación provisional del bono pensional del señor Néstor Mariano de León de León y la haga llegar de inmediato al Seguro Social, si aún no lo ha hecho.
  3. Una vez aprobada la liquidación provisional, la Gobernación debe expedir el bono dentro de los ocho (8) días siguientes a la confirmación, con las garantías que exijan las normas correspondientes.
  4. Tercero. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.