Micelio
Sentencia de Tutela12 de julio de 2013

T-450 de 2013

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Pamela Giseth Galvis Marquez Y Otras·Demandado Tribunal Superior De Bucagaramanda, Sala Laboral Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Corte Suprema incurrió en defecto por desconocimiento de la Constitución por cuanto aplicó norma inconstitucional del requisito de fidelidad para pensión de sobrevivientes
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Pension De Sobrevivientes
  • No se deben reconocer intereses moratorios y si lo hace, sería a partir de la sentencia C-556/09 que declaró inexequible requisito de fidelidad al sistema
  • Fondos de pensiones no pueden exigir requisito de fidelidad
Pension De Sobrevivientes Y Requisito De Fidelidad
  • Desconocimiento del precedente vulnera derechos fundamentales
Pension De Sobrevivientes Y Derecho Al Minimo Vital
  • Orden a BBVA Horizonte Pensiones y Cesantías dé cumplimiento a sentencia judicial y pague la pensión e intereses moratorios
Requisito De Fidelidad Para Pension De Sobrevivientes De Afiliado
  • Declaración de inconstitucionalidad en sentencia C-556/09 por ser una medida regresiva que desconoce la naturaleza de la prestación
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Tutela contra providencia judicial.

En este asunto se aduce vulneración de derechos fundamentales por parte de las autoridades judiciales que dentro de un proceso ordinario laboral decidieron negar el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes reclamada por los accionantes, debido al incumplimiento del requisito de fidelidad por parte del causante.

La Sala de Revisión concluye que las autoridades judiciales accionadas incurrieron en un defecto sustantivo y en desconocimiento del precedente constitucional, en tanto negaron el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, argumentando que resultaba exigible el requisito de fidelidad establecido en el artículo 12 de la ley 797 de 2012, debido a que su declaratoria de inexequiblidad se produjo con posterioridad al fallecimiento del causante.

SE CONCEDE. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso y seguridad social de las accionantes Pamela Giseth Galvis Márquez, Martha Isela Márquez Rizo y de su hijo menor de edad Andrey Johan Galvis Márquez.
  2. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS, las sentencias proferidas por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bucaramanga y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia proferidas los días 6 de agosto de 2009 y 13 de marzo de 2012 respectivamente, dentro del proceso ordinario laboral iniciado por la señora Martha Isela Márquez Rizo, en nombre de sus entonces hijos menores Pamela Giseth y Andrey Jhoan Galvis Márquez, contra el BBVA Horizontes Pensiones y Cesantías S.A., respecto al derecho pensional de los demandantes.
  3. TERCERO. RESTABLECER los efectos de la sentencia expedida por el Juzgado
  4. Primero. Laboral del Circulo de Descongestión de Bucaramanga del 30 de julio de 2008 dentro del proceso ordinario laboral iniciado por la señora Martha Isela Márquez Rizo, en nombre de sus entonces hijos menores Pamela Giseth y Andrey Jhoan Galvis Márquez, contra el BBVA Horizontes Pensiones y Cesantías S.A., respecto del reconocimiento de la pensión de sobreviviente de los demandantes y los respectivos intereses moratorios.
  5. CUARTO. En consecuencia ORDENAR a BBVA Horizontes Pensiones y Cesantías S.A. que cumpla las órdenes dictadas por el mencionado despacho judicial dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGabriel Eduardo Mendoza Martelo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.