Micelio
Sentencia de Tutela10 de mayo de 2004

T-443 de 2004

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Martha Janeth Perez Vs. Secretaria De Educacion Y Otra

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion Especial De Menor De Edad Autista. Solicitud Matricula En Centro Educativo Oficial Especializado. Acceso Y Permanencia En Sistema Educativo. Inclusiva Y Excluyente. Igualdad Real Y Efectiva. Vigilancia Y Control. Icbf. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Instituto Colombiano De Bienestar Familiar
  • Obligaciones en relación con menores y la familia no comienzan con declaración en estado de abandono
Educacion Especial Para Menores Discapacitados
  • Carácter excepcional
  • Condiciones para su efectividad mediante la acción de tutela
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Levantar el termino suspendido para fallar el presente proceso.
  2. Segundo. REVOCAR los fallos adoptados por los Juzgados 27 Civil Municipal y 41 Civil del Circuito de Bogota, el 26 de septiembre y el 5 de noviembre de 2003 respectivamente, dentro del proceso de la referencia, para en su lugar amparar el derecho fundamental a la educacion especial del menor Jose Joaquin Perez.
  3. Tercero. ORDENAR al Departamento Administrativo de Bienestar Social del Distrito -DABS-, y la Secretaria de Educacion Distrital -SED-, que en forma conjunta y coordinada, adelanten dentro las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificacion de la presente providencia, las acciones a que haya lugar para matricular al menor Jose Joaquin Perez en el Colegio Arkadia de Colombia, o en un centro educativo especializado de caracter oficial donde se atiendan ninos autistas. Con tal fin, dichas entidades deberan tomar las medidas necesarias para garantizar que el mencionado infante reciba la atencion que requiere el autismo que padece. En su defecto, las referidas entidades podran contratar con una institucion particular de educacion especial la atencion del menor Jose Joaquin, por el tiempo que sea indispensable y hasta tanto este en capacidad de acudir a un centro educativo oficial de educacion especial.
  4. Cuarto. Con el objeto de asegurar el cumplimiento de lo ordenado en el numeral anterior, COMUNIQUESE lo decidido a la directora del ICBF, Regional Bogota, con el fin de que vigile y coordine las acciones que las citadas autoridades distritales, deben tomar para proporcionar al menor Jose Joaquin Perez, la educacion especial que requiere en las condiciones establecidas en esta providencia.
  5. Quinto. ORDENAR que por Secretaria General se de cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.