T-319 de 2016
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Silvia Rosa Aguilar Aldana·Demandado Secretaria De Educacion Departamental De Cordoba
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional por vulneración de derechos del trabajador o su núcleo familiar
- Concepto
- Se debió declarar la improcedencia por cuanto la accionante o sus hijos no se encuentran ante una afectación grave que acredite la protección del núcleo familiar
- Se debió declarar la improcedencia por incumplir requisitos de inmediatez y subsidiariedad
- Protección en el ámbito interno e internacional
- Orden a la Secretaría de Educación reubique a la accionante en una institución educativa cercana a su residencia, teniendo en cuenta la situación familiar
- Límites a la discrecionalidad de la administración cuando vulnera derechos del docente y su núcleo familiar
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La actora es docente y pretende con la acción de tutela que la entidad demandada autorice su traslado a una institución educativa en el municipio de Sincelejo o en otro aledaño a éste, para que pueda desplazarse diariamente a su residencia familiar y atender las afecciones psicológicas y físicas que padecen sus hijos menores de edad.
Se realiza un análisis jurisprudencial de los siguientes temas: 1º.
El derecho fundamental de los niños a tener una familia y no ser separados de ella. 2º.
Procedencia de la acción de tutela para debatir decisiones de traslados de docentes y, 3º.
El concepto del ius variandi y sus límites constitucionales.
Se CONCEDE el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la providencia proferida el dieciseis (16) de octubre de dos mil quince (2015) por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Monteria, Sala Primera de Decision Civil - Familia -Laboral que confirmo lo decidido el 8 de septiembre de 2015 por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Monteria y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la unidad familiar y al trabajo en condiciones dignas de la senora Silvia Rosa Aguilar Aldana y los derechos fundamentales a la salud y a tener una familiar y no ser separado de ella de los menores Gilberto Andres Lambrano Aguilar y Olga Silvana Lambrano Aguilar.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaria de Educacion Departamental de Cordoba, que adopte las medidas administrativas necesarias para que la senora Silvia Rosa Aguilar Aldana sea trasladada a una institucion educativa ubicada en un municipio, perteneciente al departamento de Cordoba y aledano a la ciudad de Sincelejo -maximo a una hora de distancia-, una vez se presente una vacante definitiva o temporal que se ajuste a su perfil profesional.
- TERCERA.- Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
- Notifiquese, comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.