T-289 de 2007
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Marcela Julieth Salazar Ramirez En Representacion De Sus Hijos Vs. Coomeva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro por la EPS de complemento alimenticio excluido del POS
- Fundamental
- Suplemento alimenticio que requieren menores desnutridos, pertenecientes a la población pobre y vulnerable
- Mora patronal no exonera a la EPS de la prestación del servicio
- Casos en que debe prestarse atención médica a pesar de la mora patronal
- Alcance
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de menores beneficiarios hijos de vendedora ambulante que padecen desnutricion cronica y su medico tratante les formulo pediasure pero la entidad se niega a suministrarlo aduciendo que se trata de un complemento alimenticio excluido del pos.
Solicita se ordene el suministro del complemento alimenticio en los terminos formulados por el medico tratante.reglas jurisprudenciales sobre la procedencia de la accion de tutela para obtener el suministro de prestaciones excluidas de pos.
Derecho fundamental a la salud de los niños.
Requisitos que deben cumplirse.
Eventos en que concurre la obligacion de las empresas promotoras de salud de continuar con la prestacion del servicio ante la mora del empleador.
Accion de repeticion contra fosyga.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Sesenta y Cuatro Civil Municipal de Bogotá D.C. el 27 de octubre de 2006 y, en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental a la salud de los menores Sara Esmeralda Salazar Ramírez y Gerson Kaleb León Salazar.
- SEGUNDO. ORDENAR al representante legal de Coomeva EPS, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, autorice el suministro del complemento alimenticio Pediasure a los menores Sara Esmeralda Salazar Ramírez y Gerson Kaleb León Salazar, en las condiciones fijadas por sus médicos tratantes.
- TERCERO. SEÑALAR que a Coomeva EPS le asiste el derecho de repetir lo que pague en cumplimiento de este fallo y que exceda de las prestaciones y beneficios del plan obligatorio de salud del régimen contributivo, ante la Subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Fosyga), pago que deberá verificarse en el término de treinta (30) días contados a partir de la respectiva solicitud.
- CUARTO. ORDENAR al Secretario Distrital de Planeación, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, realice las acciones de coordinación tendientes a garantizar que los menores Sara Esmeralda Salazar Ramírez y Gerson Kaleb León Salazar sean integrados a los programas de atención nutricional dispuestos por el Distrito Capital de Bogotá, de conformidad con lo expresado en la parte motiva de esta sentencia.
- QUINTO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.