Micelio
Sentencia de Tutela31 de julio de 2020

T-280 de 2020

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Angelica Cardona Posada·Demandado Digitex Internacional Sas Y Otro

Tema · dato duro
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado-Accionante Suscribió Contrato De Transacción
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Accionante celebró contrato de transacción
  • No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
Transaccion Laboral
  • No puede recaer sobre derechos ciertos e indiscutibles
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La actora considera que las entidades accionadas vulneraron sus derechos fundamentales al haber sido despedida durante el tiempo de su lactancia.

En virtud de lo anterior, solicitó al juez constitucional que ordene su reintegro laboral, en tanto su desvinculación constituye prueba de que fue discriminada por su especial condición.

En sede de revisión la Sala conoció que entre las partes se suscribió un contrato de transacción en el que pactaron que, a cambio de recibir el pago de la suma de 8’250.000 pesos por parte de su anterior empleador, la peticionaria renunciaría a cualquier derecho -incierto y discutible, así como a cualquier condena que surja con ocasión al trámite de la presente solicitud de amparo.

Se declaró IMPROCEDENTE el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida en segunda instancia por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Manizales, del trece (13) de junio de dos mil diecinueve (2019), que confirmó la decisión adoptada por el Juzgado
  3. Sexto. Civil Municipal de Manizales, mediante sentencia del siete (07) de mayo de ese mismo año, que negó "por improcedente" la acción de tutela objeto de estudio.
  4. SEGUNDO. DECLARAR IMPROCEDENTE, por los motivos referidos en la parte considerativa de esta decisión, la acción de tutela formulada por la ciudadana Angélica María Cardona Posada.
  5. TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.