T-272 de 2018
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Jorge Elberto Neira Parra·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Características
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Facultad del juez para pronunciarse sobre excepciones
- Cargas de las partes
- Reiteración de jurisprudencia
- Improcedencia por cuanto no se configuró defecto procedimental absoluto en decisiones sobre contrato de seguro
- Se debió declarar improcedencia por falta de relevancia constitucional
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a la decisión judicial proferida en el marco de un proceso ordinario verbal iniciado por el actor en contra de Seguros Generales Suramericana S.A, mediante la cual se declaró una excepción de mérito de oficio que no había sido alegada por la parte demandada, relacionada con una supuesta exclusión pactada en la póliza que no fue considerada por el juez de primera instancia.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Las causales genéricas y específicas de procedencia de la tutela contra providencias judiciales. 2º.
Caracterización del defecto procedimental absoluto. 3º.
El contrato de seguro y los límites a la libertad contractual. 4º.
El papel del juez en el Estado Social de Derecho y, 5º.
La facultad del juez para pronunciarse sobre las excepciones en el contrato de seguro.
Considera la Corte que como en el proceso ordinario se encontraba probado que el peticionario padecía Parkinson con anterioridad a la suscripción de la póliza de seguro y que como ésta es una causal de exclusión conforme el contrato suscrito, bien actuó el juez de segunda instancia al declarar oficiosamente la excepción de exclusión de la póliza.
Se concluye que la providencia cuestionada no incurrió en ninguna de las irregularidades invocadas.
Se DENIEGA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el fallo dictado por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia del 13 de diciembre de 2017, que a su vez confirmo el dictado por la Sala de Casacion Civil de la misma Corporacion del 1o de noviembre de 2017, que nego el amparo de los derechos fundamentales invocados, en el tramite de la accion de tutela interpuesta por Jorge Elberto Neira Parra contra la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota.
- Segundo. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.